LABORAL

4 artículos para sancionar a las empresas por descuentos indebidos

4 artículos para sancionar a las empresas por descuentos indebidos

En este blog ampliaremos la información de la infografía “PROCESO PARA LA INCAPACIDAD TEMPORAL” que diseñamos en Planifica Consultores.

La falta de información o conocimiento, en cómo aplicar las normas del Código de Seguridad Social, por parte de los empleadores, podrían generar multas, procesos civiles e inclusive procesos penales para las Empresas y las  personas responsables.

Cuando la Caja de Salud extiende una baja médica al dependiente laboral, por enfermedad o accidente de origen común o profesional, que le impide asistir a su fuente laboral, la empresa no puede ni debe realizar ningún tipo de descuento.

Tomando en cuenta el siguiente marco normativo

 El Artículo 587° del  Reglamento del Código de Seguridad Social

“Los actos y hechos por comisión u omisión que impliquen incumplimiento doloso o culpable del Código de Seguridad Social del presente Reglamento y demás disposiciones legales y/o estatutarias conexas constituyen infracciones sujetas a sanción.

Las sanciones impuestas de acuerdo al presente Reglamento son independientes de las penas y resarcimientos que pudieran corresponder como emergencia de las acciones penales y/o civiles a que dieran lugar.»

El pagar las multas y sanciones correspondientes, no eximen a los responsables de las acciones penales o civiles, según el caso sancionado.

Artículo 209° Código de Seguridad Social

«El empleador tampoco podrá interrumpir o cesar el contrato de trabajo, por el hecho de que el asegurado esté con algún subsidio de incapacidad temporal, cualquiera sea la causa que hubiera provocado dicha incapacidad.»

En muchos de los casos que tomamos como parámetro para este post, los dependientes manifestaron el temor a perder su fuente de trabajo, por bajas de incapacidad prolongadas.

Dentro del código de Seguridad Social se consideran estos casos y tienen la cobertura respectiva, para el empleador y en consecuencia para el empleado.

Artículo 593° del Reglamento del Código de Seguridad Social.

«Las infracciones cometidas por el empleador darán lugar a sanciones económicas, apremio, arresto intervención o cierre definitivo de la empresa.»

Es conveniente que los funcionarios del área y los empresarios busquen asesoramiento, adecuado para evitar estas sanciones, que pueden terminar con el cierre de su empresa.

Si tienes una empresa, trabajas en el área de administración de Recursos Humanos, o inclusive si eres dependiente es importante estar informado y conocer estos aspectos de las normas laborales, podrás evitar contingencias o el descuento indebido, porque  estos beneficios están considerados de forma porcentual  por el ente gestor de salud.

En Planifica Consultores, diseñamos un servicio de auditoria laboral, para ayudarte a poner en orden toda la documentación y procesos administrativos en el área de Recursos  Humanos, de acuerdo a todas las normas y leyes en base a la legislación laboral y el código de Seguridad Social.

Deja esto en manos de expertos, para enfocarte en hacer crecer tu empresa.

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Planifica Consultores expertos en Seguridad Social y Normas Laborales

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