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Beneficios de un asegurado a la AFP si deja de trabajar por una enfermedad o accidente

Beneficios de un asegurado a la AFP si deja de trabajar por una enfermedad o accidente

Según  la Declaración Universal de los Derechos Humanos

“Toda persona tiene derecho….a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”

En el anterior post “LAS 4 NORMAS BÁSICAS DE LOS APORTES A LA AFP (SIP)”,  les presentamos los 5 beneficios de aportar a  la Cuenta Personal Previsional en Bolivia.

Nos propusimos hacer una serie que explique en detalle  estos  5 beneficios,  así que comenzaremos por:

Prestaciones por riesgo de los asegurados a la AFP en Bolivia

INVALIDEZ POR RIESGO PROFESIONAL

Según el Artículo 34.- de la Ley de Pensiones 065(Sistema Integral de Pensiones).

“La Prestación de Invalidez por Riesgo Profesional se otorga en caso de sufrir invalidez parcial o invalidez total definitiva,

a causa de Accidente de Trabajo y/o Enfermedad de Trabajo”.

La Prestación de Invalidez por Riesgo Profesional comprende el pago de:

  1.  La Pensión de Invalidez o indemnización por Riesgo Profesional, según corresponda, a favor del Asegurado Dependiente.
  2.  Diez por ciento (10%) mensual del monto actualizado de la Pensión de Invalidez total o parcial según corresponda, con destino a la Cuenta Personal Previsional.
  3.  Pensiones por Muerte a Derechohabientes de Primer o Segundo Grado, vitalicias y temporales según correspondan, al fallecimiento del Asegurado Dependiente con Pensión de Invalidez.
  4.  Gastos Funerarios al fallecimiento del Asegurado Dependiente con Pensión de Invalidez.

Es obligación  del empleador presentar el formulario de denuncia de accidente de trabajo y del dependiente, informar de cualquier accidente sufrido en actividades propias de sus funciones laborales dentro o fuera de las instalaciones de su fuente de trabajo; es normal que por la denominación técnica (denuncia de accidente de trabajo), nos lleve a pensar que alguna de las partes podría salir perjudicada, nada más alejado de la verdad.

En caso de que él o la dependiente necesite acceder a este beneficio, las denuncias oportunas de estos incidentes, se constituyen en referentes para la valoración que realiza la  Entidad  Encargada de Calificar y definir el origen y el grado de invalidez.  La AFP se encarga de verificar  los requisitos para determinar el monto de la prestación  de invalidez  por riesgo Profesional.

Para hacer efectivo el beneficio de esta prestación es muy importante buscar asesoramiento especializado, ya que el proceso de calificación es multidisciplinario y minucioso. Pon tus dificultades en nuestras manos contamos con más de 14 de años de experiencia asesorando a personas y empresas en Seguridad Social, los procesos administrativos y las normas que los regulan.

INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN

Según el Artículo 31.- de la Ley de Pensiones 065 (Sistema Integral de Pensiones)

“La Prestación de Invalidez por Riesgo Común se otorga en caso de sufrir invalidez parcial o invalidez total definitiva,

a causa de accidente y/o enfermedad no proveniente de Riesgo Profesional o Riesgo Laboral”.

La Prestación de Invalidez por Riesgo Común comprende el pago de:

  1.  La Pensión de Invalidez por Riesgo Común a favor del Asegurado.
  2.  Diez por ciento (10%) mensual del monto actualizado del Referente Salarial de Riesgos, con destino a la  Cuenta Personal Previsional, en casos de invalidez total, o
  3.  Diez por ciento (10%) mensual de la Pensión de Invalidez actualizada, con destino a la Cuenta Personal  Previsional, en casos de invalidez parcial.
  4.  Pensiones por Muerte a Derechohabientes de Primer o Segundo Grado, vitalicias y temporales según  correspondan, al fallecimiento del Asegurado con Pensión de Invalidez
  5.  Gastos Funerarios al fallecimiento del Asegurado con Pensión de Invalidez.

Uno de los aspectos más importantes a tomar en cuenta, es el grado de reconocimiento o porcentaje de invalidez a ser calificado para cualquiera de estas dos prestaciones por Riesgo Profesional o riesgo Común, que determina el monto de la Pensión de Invalidez para el asegurado, es mejor dejar el proceso en  manos de expertos, para acceder a estos beneficios con la tranquilidad de alcanzar el reconocimiento más justo.

Los Empleadores, pueden descansar en la tranquilidad de que sus dependientes gozan de esta cobertura, en caso que sus empleados se vean imposibilitados de cumplir con sus funciones, a causa de  enfermedades  o accidentes, cuentan con Planifica Consultores para orientar e inclusive ayudar a sus empleados a hacer efectivos estos beneficios. Para llevar adelante estos procesos y gestiones deben contar con un asesor con experiencia y un equipo multidisciplinario; en Planifica Consultores trabajamos con expertos en todas las áreas.

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Planifica Consultores expertos en Seguridad Social y Normas Laborales

74 comentarios en «Beneficios de un asegurado a la AFP si deja de trabajar por una enfermedad o accidente»

  1. Buenas noches
    Quería que me asesore si puedo acceder a una pensión por riesgo o pensión por invalidez, tengo osteopenia, artritis, y lumbalgia, si me puede ayudar con eso, gracias.

    Responder
    • Hola Sara, sentimos que estés pasando por estas circunstancias
      Espero que se encuentre bien

      Es fundamental hacer un análisis previo de su caso,
      en base a toda la documentación médica e información,
      Con la que cuenta en este momento 🕵️:
      🧑‍⚕️Diagnósticos médicos
      👩‍⚕️Pronósticos médicos
      🩺Reportes de estudios clínicos.
      Puedes solicitar una cita de evaluación sin costo en el siguiente enlace Asesor Planifica

      También te enviamos una respuesta más detallada a tu correo

      Responder
    • Hola Roman, para poder darte una respusta seria y reponsable,es fundamental hacer un análisis previo de su caso en base a toda la documentación médica e información, que de acuerdo a su caso consideremos pertinente.

      Con gusto podemos agendar una cita de evaluación sin costo

      Seguros de poder convertirnos en su aliado estratégico para que pueda obtener el mejor beneficio posible de los años que ha estado aportando a la AFP.

      Si le interesa recibir más información al respecto, puedes enviar un mensaje a este correo

      ▶️ Contacto Planifica

      Esperamos tu mensaje

      Responder
  2. HOLA MI NOMBRE ES MIGUEL, MI ESPOSA DESDE HACE 2 AÑOS VIENE SUFRIENDO DOLORES MUSCULARES DEVIDO AL DIAGNOSTICO DE FIBROMIALGIA , QUE HOY SE SUMA EL REUMATISMO, ELLA TIENE 47 AÑOS Y TIENE APORTES POR MAS DE 20 AÑOS….CUANDO FUE A LAS AFP Y DIJO QUE TENIA FIBROMIALGIA LE DIJERON QUE JUSTO ESA ENFERMEDAD NO CLASIFICA, SIN EMBARGO ELLA YA NO AGUANTA EL DOLOR PASADO EL MEDIO DIA……QUE POSIBILIDADES HAY DE HACER EFECTIVA UNA JUBILACION ANTICIPADA . GRACIA…

    Responder
  3. Buen día me llamó Yolanda padezco de artrosis artritis y epilepsia ya llevo años padeciendo estas enfermedades como puedo saber si puedo acceder a una jubilación

    Responder
  4. Buen día…tengo 40 años y recién me diagnosticaron lupus y artritis…tuve que dejar de trabajar por los dolores y malestar general que tengo y quería saber si puedo acceder a la pensión por invalidez…además no cuento con seguro médico
    Muchas gracias

    Responder
    • Hola María Fernanda.

      Es fundamental hacer un análisis previo de su caso en base a toda la documentación médica e información, que de acuerdo a su caso consideremos pertinente.

      Con gusto podemos agendar una hora en la que le llamemos para evaluar si puede acogerse a este beneficio

      Si le interesa recibir un análisis de tu caso sin costo en el siguiente enlace
      Contacto Planifica

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  5. Buenas noches, una consulta por favor. Tengo 52 años y me retiraron de mi trabajo por la pandemia ahora tengo 20 años de aportación, tuve cáncer de colon hace 10 años, necesito seguir con el seguro médico por mis controles, como puedo continuar con el seguro médico si no tengo trabajo.

    Responder
    • Hola Roger, en tu caso pueden darse dos opciones:
      1.- Si tu estado de salud actual se está deteriorando, podríamos iniciar el trámite de Pensión de Invalidez.
      2.- Si tu estado de salud está estable podríamos analizar si hubiera la posibilidad de jubilarte en un año, para lo cual hay que hacer el cálculo financiero.

      Si quieres recibir un análisis personalizado de tu caso, sin costo, ingresa a este enlace y solicita una cita con uno de nuestros asesores.
      Contacto Planifica

      Responder
  6. Buenas tardes, tengo diabetes tipo 2 estoy muy delicado de salud, llevo aportando a las AFP hace 15 Años, y quiero jubilarme por motivos de Salud, ya no puedo casi caminar tengo una neuropatía grave.
    sería mi jubilación por invalidez
    me pueden dar una respuesta y cuanto sería el porcentaje tengo 51 años

    Responder
    • Hola Jonny, de acuerdo a los datos que nos das, es fundamental hacer un análisis previo de su caso en base a toda la documentación médica e información, que de acuerdo a su caso consideremos pertinente.
      Puedes acceder a una evaluación sin costo en este enlace
      Contacto Planifica

      Responder
  7. Buenas, mi esposo tiene 50 años le diagnosticaron artrosis en las caderas y rodilla, ¿él puede acceder a una pensión de invalidez?, ¿cuál es el trámite que debe realizar y está renta le pueden pagar, aunque esté sin trabajo? Les agradecería me orienten en este sentido gracias

    Responder
    • Hola Mónica, para darte una respuesta responsable sobre el caso de tu esposo, es fundamental hacer un análisis previo de su caso en base a toda la documentación médica e información, que de acuerdo a su caso consideremos pertinente.

      Con gusto podemos agendar una hora en la que te llamemos para evaluar si puede acogerse a este beneficio, esta cita de evalucación no tiene costo, solo tienes que ingresar a este enlace y contactarte con alguno de nuestros asesores.
      Contacto Plánifica

      Responder
    • Hola Lourdes,
      Es fundamental hacer un análisis previo de su caso,
      en base a toda la documentación médica e información,
      Con la que cuenta en este momento:

      Diagnósticos médicos
      Pronósticos médicos
      Reportes de estudios clínicos.

      Por el momento no es necesario que usted solicite nada adicional

      Contamos con el servicio de asesoría para ayudarte a gestionar tus derechos
      Asesoramiento y gestión en pensión de invalidez, por aportes a la AFP y Gestora Pública

      Responder
  8. Tengo 50 años y 30 años que trabajé, me encuentro con secuelas de COVID19 y me despidieron, traté de explicar que mínimo trabajar 5 años más pero no entiende la entidad dónde trabajaba…. Podría talvez Acudir a la jubilación por enfermedad, para incluso tener seguro, ya que me quitaron tambien ese beneficio…😔

    Responder
    • Hola Wilder, es fundamental hacer un análisis previo de tu caso en base a toda la documentación médica e información, que de acuerdo a tu caso consideremos pertinente.
      Puedes acceder a una evalución sin costo escribiendo al siguiente enlace
      Contacto Planifica

      Responder
  9. Saludos.
    Fui diagnosticado con cancer de pulmon y realice el tramite por pension de invlidez en la AFP Prevision, el fallo salio favorable a mi persona me encuentro a la espera de la firma del contrato. Mi consulta es si puedo trabajar como funcionario publico o consultor en una entidad publica a la par de recibir el la pension. O en caso de trabajar puedo perder el bono por invalidez?

    Responder
  10. Buenas tardes. Tengo un amigo que trabaja en un almacén y aún contando con equipos de izaje, requiere fuerza para asegurar amarras o acomodar cajas. tuvo últimamente dolores de espalda y resulta que tiene 2 hernias de disco y no pude seguir realizado las funciones que realizaba. Moverse a otra area significa disminuir sus ingresos. Puede realizar un trámite de invalidez parcial?

    Responder
    • Hola Maria, si tienes razón existe una alta probabilidad que el colaborador de tu empresa pueda acceder a una pensión por riesgo.

      Para determinar su grado de reconocimiento se debe seguir un proceso acompañado de expertos en Seguridad Social a Corto Plazo.

      Contamos con un equipo que puede asesorarles y gestionar el proceso, si quieres tener una cita de evaluación sin costo, puedes escribirnos al siguiente correo para coordinar
      [email protected]

      Responder
  11. Buenas noches. Recién me entero de el beneficio de invalidez. Mi caos es el siguiente. Tengo dos hernias de disco en la L4 L5 s1 y una vértebra de la columna rota por cual sufro de dolor crónico en ese sector será que puedo ser acreedor a ese beneficio. porque se me hace difícil cumplir con mi trabajo por el dolor

    Responder
  12. Buenos días. Tengo una consulta. Mi esposo esta iniciando su trámite de jubilación por invalidez. Sufrio un ACV y como secuela perdió la visión periférica, Lo están calificando para determinar el grado de invalidez. Lo q quisiera saber es si hay algún tramite adicional para que la jubilación sea de por vida, ya q en la AFP nos dijeron que solo es hasta los 65 años y que luego pasa al régimen normal que es una renta muy baja.
    Por favor podrían orientarme? O conocen en Cochabamba un abogado laboralista al cual acudir? Gracias de antemano.

    Responder
    • Hola Karen, de acuerdo a la Ley, el beneficio de Pensión de Invalidez sólo es hasta los 65 años.
      Una vez cumplida esa edad le empiezan a pagar la Pensión de Vejez, que obviamente es más baja.

      No hay manera de hacer una representación para que sea de por vida. Ni siquiera a través de un proceso judicial.
      Si necesitas asesoramiento para realizar el proceso de invalidez, asesorarte es vital para que tu esposo pueda obtener la calificación más alta correcta. Gracias a la tecnología y el hecho de que todo esta en línea en las AFP, tenemos clientes en todo Bolivia y el mundo.
      Puedes escribirnos en privado al siguiente enlace Contacto Planifica

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  13. Hola, si yo me beneficio con la pensión de invalidez por enfermedad común y continuo trabajando en una institución pública, puedo seguir presentando bajas médicas, sin perjuicio de ser despedido?

    Responder
    • María Sarita, cuando obtienes una pensión de invalidez, puedes seguir trabajando pero si los síntomas del problema de salud que te aqueja no te permiten seguir cumpliendo tus funciones, es recomendable que te reubiquen.

      El propósito de la cobertura por riesgo común o profesional, e precisamente que el trabajador pueda retirarse de su trabajo con una cobertura de salud y una pensión que le permita tener una cobertura económica.

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  14. Una consulta tengo 41 años hace dos años fui diagnosticada con fibromialgia y reumatismo deformante, tengo ya 15 años de aportes en las AFP. Mi salud se deterioró mucho, puedo beneficiarme de la jubilación por enfermedad

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  15. Buen dia. Un familiar mío de 56 años de edad, cobra renta por invalidez por riesgo profesional, puede jubilarse por enfermedad? Si es así cuales son los requisitos?

    Responder
    • Hola Carmen, Si tu familiar ya está percibiendo un beneficio por prestaciones de invalidez y dejó de trabajar (en consecuencia dejó de aportar a la AFP), cuando cumpla 65 años pasará a jubilarse.
      Y la renta que percibe en este momento sufrirá una modificación al momento de pasar a percibir la renta por jubilación

      Responder
    • BUEN DIA, TENGO 46 AÑOS Y PADEZCO DE MIGRAÑA CRONICA, CEFALEA TENSIONAL, ESCOLIOSIS Y AHORA UN PROBLEMA DE ARTROSIS EN MIS EXTREMIDADES, REALIZO EL TRABAJO DE OFICINA Y MIS MALES SE FUERON INCREMENTANDO DURANTE LOS 25 AÑOS DE TRABAJO, CADA DIA ES MAS DIFICIL AGUANTAR LOS DOLORES MAS AUN POR LA PRESION LABORAL Y POSICION DIARIA DE MI COLUMNA, TENDRIA POSIBILIDADES DE DE OBTENER LA PENSION POR INVALIDEZ??

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  16. El 12/08/2019 al dirigirse a su trabajo en Cochabamba, mi cuñado de 50 años sufrió un terrible accidente. Conducía una moto, el cual fue embestido por una vagoneta. Estaba con su hijo de 14 años quien iba al colegio, pues los 2 tenían la misma ruta, pero no llevaban cascos. Mi cuñado al caer fue a dar de cabeza contra la acera de concreto, salió dañado un lado de su cerebro. El que lo accidento no lo auxilio de inmediato, lo llevaron a una clínica de amigos donde tuvo que ser operado de emergencia, en la operación tuvo falta de oxígeno durante 12 minutos por lo cual se dañó el otro lado del cerebro. Estuvo en la unidad de terapia intensiva durante 3 semanas, Desde entonces él se encuentra en estado de coma. El 24/09/2019 a insistencia recién fue trasladado a su seguro. Con el inicio de la pandemia el seguro obligo que se lo lleven a su casa en mayo/2020. Como verán él no regresara a su trabajo, tampoco accede a la jubilación. Se acudió a las AFPS para iniciar el trámite correspondiente, donde exigen la presencia de mi cuñado. Gente insensible, si no escribe, no habla ni se mueve. Los médicos de su seguro le están negando dar más bajas médicas y en el trabajo están buscando la manera de retirarlo. Él es el único sustento de una familia de 6 integrantes: su esposa, 2 hijos que están en la universidad, 1 que está en colegio y un pequeño de 2 añitos. Se encuentran totalmente desprotegidos legalmente y familiarmente porque tanto a su esposa como los hijos les afectó de gran manera. Por favor si pudiéramos saber dónde acudir primero para que nos orienten donde debemos acudir para gestionar los trámites correspondientes para que se cierre este capítulo doloroso para toda mi familia, Gracias

    Responder
    • Hola Victoria, sentimos mucho la situación de tu familia.
      Lo que corresponde es iniciar la solicitud por riesgo de invalidez en la AFP.
      Si quieres consultar a un experto para evaluar el caso sin costo, puedes ingresar a este enlace
      Contacto Planifica

      Responder
  17. Buenas noches. En marzo me operaron de un tumor cerebral en la hipófisis debido a una enfermedad muy rara Síndrome de cushing.
    Desde esa fecha y debido a la delicada situación, la lenta recuperación me dieron baja médica.
    En una junta realizada me extendieron mi baja por 6 meses más
    Sin embargo me indican q por la complejidad de la enfermedad y la operación sufrida no podré trabajar.
    Necesito saber si puedo iniciar algún tramite de jubilacion por enfermedad aunque no tengo la edad requerida. Tengo 40 años y tengo 2 hijos pequeños de 9 y 5 años a mi cargo.
    Por favor si me podrian ayudar con este tema

    Responder
      • Hola temgo 50 años de edad, sufro de cáncer de ovarios e hipertensión pulmonar severa, me dijo el cardiólogo que no puedo trabajar en la ciudad de 4000 msnm Potosi, como puedo hacer para jubilarme? Cuanto será mi pensión? Estoy preocupada pues aún tengo menores a mi cargo, y solo aporte 8 años a la AFP.

        Responder
        • Hola María, es fundamental hacer un análisis previo de tu caso en base a toda la documentación médica e información, que de acuerdo con tu caso consideremos pertinente.

          Puedes solicitar hablar con un asesor, sin costo para analizar si tu caso en particular
          Planifica

          Responder
  18. El médico del seguro me PROHIBIÓ trabajar en éste tiempo de pandemia por COVID-19, por tener una enfermedad de base. Mi trabajo es relacionado con la construcción (en contacto directo con muchos obreros) y tengo 56 años.
    Qué debo hacer, puesto que noto algo de enojo de parte de mis jefes.

    Responder
    • Hola Richard, debe presentar el certificado médico (del seguro), donde indique la enfermedad base que tienes y que debido a la pandemia, en aplicación a disposiciones vigentes, el paciente no debe acudir a su fuente de trabajo.
      Para formalizar te recomendamos también presentes una carta, donde hagas referencia a la R.M. 229/2020, la misma que indica que sobre las licencias especiales para personas que tienen enfermedad base.

      Responder
  19. Señores Planifica Buenas Tardes.
    mi caso desde el 2010 sufro asma bronquial y ahun siguo trabajando en un medio de soldaduras y polvos de harina y otros.
    tengo 54 años. bueno con esta situacion q vivmos me pidieron q renuncie y yo quiero iniciar mi jubilacion por enfermedad, tengo certificados medicos de m enfermedad desde el 2010 y otros cuando me interne y sufri una hepatitis medicamentosa., a a causa de los antibioticos q tomo cuando recaidgo en una crisis , donde recibo corticoides y medicacion.
    Estare atento a su respuesta.
    soy de la paz . .

    muchas gracias..

    Responder
    • Hola Maximo, sentimos mucho tu situación de salud, no contactaremos de forma privada porque la información obre la que debemos conversar en privada, cuídate mucho en esta pandemia por COVID-19

      Responder
  20. Buen día estimados señores: Pueden indicarme bajo que normativa se respalda el trabajador beneficiado con una Jubilación por Invalidéz por Riesgo Común para poder continuar trabajando? Continúa percibiendo su Jubilación por Invalidéz cuando decide continuar trabajando.

    Responder
    • Hola Mayda, la persona que percibe una renta por riesgo profesional o común puede seguir trabajando siempre y cuando que por las limitaciones debido a su condición de salud, no ponga en riesgo la integridad de sus compañeros de trabajo
      La normativa de respaldo es la siguiente
      Parágrafo I Artículo 58 de la Ley de Pensiones 065

      Responder
  21. buenas tardes tengo una compañera de trabajo que sufre de enfermedad de diabetes, problemas en los riñones y cuenta con codepedis (problema en la cadera que le impide caminar normalmente) quiere jubilarse por en enfermedad, pero no cumple los aportaciones mínimas ni la edad necesaria le correspondería? y se jubila recibiría jubilación normal y aparte tendría su pensión por invalides?

    Responder
    • Hola Jhonny,

      Cuando se solicita pensión por riesgo común o laboral la edad no es un requisito

      Si logra calificar para una pensión por invalidez, le pagan este beneficio hasta sus 65 años, una vez cumplida esta edad le pagan la pensión de jubilación.

      Responder
  22. fui consultor de una institucion publica y durante el ejercicio de la funcion, tuve un accidente de la cual nunga me indemnizaron ni me asistieron de las curaciones del accidentes, que derechos me corresponde y ante que autoridad los planteo, el accidente fue el 26 de septiembre de 2017…gracias por su respuecta

    Responder
    • Estimado Leonardo, como consultor de una institución publica debiste hacer tus aportes a la AFP como independiente, es la única institución a la que puedes recurrir para solicitar tu cobertura por riesgo.

      Te sugerimos apersonarte a la AFP a la que realizabas los aportes lo más pronto posible, para verificar si cumples con los requisitos para una pensión por riesgo ya sea profesional o común, en Planifica Consultores nos encargamos de asesorarte junto a un equipo multidisciplinario.
      [email protected]

      Responder
      • Hola una consulta
        Mi tío Antonio trabaja en una empresa privada con 65 años cumplidos hasta la fecha y recientemente a sufrido un accidente en el trabajo acudió a la CNS y determinaron una invalidez del 60% que le correspondería a mi tío en su caso.

        Responder
        • Hola Isabel, debido a la edad de tu tío lo que corresponde es tramitar lo más pronto posible su jubilación, para que pueda gozar del seguro de salud de la CNS y una pensión mensual vitalicia

          Responder
  23. Buenas noches. Mi cuñada fue diagnosticada recientemente con hepatitis B. La enfermedad, que suele hacerse crónica, es motivo para que ella se acoja a un retiro por invalidez pero que le continuen pagando su salario?

    Responder
    • Hola María, en e caso de tu cuñada se debe hacer una evaluación del estado de salud actual de la persona y en base al resultado se determina si es conveniente hacer una solicitud para iniciar el trámite correspondiente.
      Si necesitas más información nos puedes ingresar a este enlace, para tener una conversación privada
      Contacto Planifica

      Responder
    • Hola María, en e caso de tu cuñada se debe hacer una evaluación del estado de salud actual y en base al resultado se determina si es conveniente hacer una solicitud, para iniciar el trámite correspondiente.
      Si necesitas más información puedes ingresar a este enlace, para tener una conversación privada
      Contacto Planifica

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  24. EL AÑO 1984 SUFRI UN ACCIDENTE DE TRABAJO EN FUNCIONES EN LA COMIBOL EL INSO DETERMINO UNA INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE DEL 60%, PERO NO ESTABA ASEGURADO, COMIBOL ME PAGO 18 SALARIOS BASICOS Y NO ASI CON EL SUELDO QUE GANABA, PRESENTE EL RECLAMO ANTE LA ENTIDAD RESPECTIVA Y POR CUESTIONES DE TRABAJO, ME FUI A RADICAR A COCHABAMBA, ACTUALMENTE TENGO 54 AÑOS, TENGO DERECHO AUN AL SEGURO POR ENFERMEDAD PROFESIONAL.

    Responder
    • Buenas noches, he sido diagnóstica con cáncer de endometrio estadio II, pase por una Cirugía histerectomía radical, 25 sesiones de Radioterapia, 4 Braquiterapia, ahora estoy con secuelas de los tratamientos, como incontinencia urinaria, no me permite trabajar con normalidad, llevo 12 años de aportes. Corresponde pensión por invalidez? o porque ya termine los tratamientos ya no me corresponde?

      Responder
      • Hola Katherine, espero que se encuentre bien

        Es fundamental hacer un análisis de tu caso, en base a toda la documentación médica e información,
        Con la que cuenta en este momento 🕵️:

        🧑‍⚕️Diagnósticos médicos
        👩‍⚕️Pronósticos médicos
        🩺Reportes de estudios clínicos.

        Con todos estos datos podemos ayudarte a determinar si puedes solicitar una pensión por invalidez, el análisis de caso no tiene costo
        Puedes contactar con uno de nuestros asesores en el siguiente enlace Asesor Planifica

        Responder
  25. Hola Wendy, gracias a ti por el aliento nos motiva a seguir compartiendo información de valor.
    Nuestras oficinas centrales se encuentran en Santa Cruz, tenemos el soporte para atenderte en cualquier lugar de Bolivia y el mundo.
    Si tienes una consulta personal, escríbenos en privado al siguiente enlace Contacto Planifica

    Responder
  26. Hola Alexis, en caso puedas calificar a una prestación por riesgo profesional o prestación por riesgo común , debes pasar por un proceso de calificación, para determinar tu grado de invalidez; en base al cual se determina el porcentaje de pensión que te corresponde.
    Te recomendamos hacer este proceso de la mano de personas especializadas, que te guíen en los aspectos administrativos y médicos que involucran estos casos.
    En Planifica Consultores contamos con un equipo especializado que te puede ayudar en el proceso, puedes contactarte con nosotros al siguiente mail

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  27. en caso de muerte de un trabajador por riesgo comun cuales serian los beneficios de sus cusaabientes y en que grado la esposa lños hijos menores y los nietos que han sido nombrados en su contrato de trabajo,
    si la empresa a cumplido con los aportes a la AFP se deslinda de la responsabilidad de laindenizacion.-

    Responder
    • Hola Willy, sentimos tu pérdida, en referencia a tu pregunta corresponde una pensión por muerte al conyugue y a los hij@s menores a 25 años de edad que todavía están estudiando y no se han casado o estén trabajando, en el post escribimos sobre esta prestación.

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