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Docentes jubilados, pueden percibir jubilación y sueldo

Docentes jubilados, que trabajan en universidades públicas, pueden percibir al mismo tiempo su sueldo y Renta de Vejez o Compensación de Cotizaciones.

Siempre y cuando no sean docentes a tiempo completo o, en caso que lo fueran, que las remuneraciones de los últimos 24 totales ganados no hayan sido dentro de los 36 meses anteriores al mes de solicitud de pensión.

El Decreto Supremo 4126, de fecha 03 de enero de 2020, que reglamenta la Ley 1267 del Presupuesto General del Estado de la Gestión 2020, permite a las personas que dictan cátedra en las universidades públicas y docencia en otras instituciones, y que estén recibiendo una Renta de Vejez del Sistema de Reparto o el pago de la Compensación de Cotizaciones, poder también cobrar su remuneración como docente, siempre y cuando la docencia no sea a tiempo completo o si lo fuera, que las remuneraciones de los últimos 24 totales ganados, no hayan sido dentro de los 36 meses anteriores al mes de solicitud de pensión.

Es también importante señalar que, en caso de cumplir con lo señalado anteriormente, la suma de la remuneración como docente y la Renta de Vejez o de la Compensación de Cotizaciones, según corresponda, no debe sobrepasar el monto del sueldo del Presidente.

Si cumples estas características, debes buscar asesoramiento para hacer efectivo tu beneficio.

En caso de estar pensando en iniciar tu proceso de jubilación, es importante que lo hagas bajo el asesoramiento de un experto, para que obtengas las mejores ventajas de acuerdo a tu caso.

Estamos para asesórate con la experiencia, actualización y conocimiento que nos caracteriza.

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6 comentarios en «Docentes jubilados, pueden percibir jubilación y sueldo»

  1. Si soy docente jubilado y recibo renta de la gestora, puedo trabajar en una institución pública percibiendo sueldo y renta de jubilación al mismo tiempo? Tendría que aportar a la gestora?

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    • Hola, Mònica. Esta es una duda frecuente entre docentes y profesionales jubilados que desean volver a trabajar en el sector público.

      A continuación te explicamos cómo funciona según la Ley 065 de Pensiones en Bolivia.

      ¿Puedo trabajar en una institución pública y seguir recibiendo mi renta de jubilación?

      Sí. Una persona jubilada puede trabajar en una institución pública y seguir recibiendo su renta de jubilación.

      Sin embargo, existe una excepción importante:

      Si tu pensión incluye la Fracción Solidaria, este componente se suspende mientras trabajes en una institución pública.
      Esto significa:

      Seguirás recibiendo tu pensión base.

      Pero no recibirás la Fracción Solidaria mientras mantengas un cargo público.

      Una vez que dejes el cargo, la Fracción Solidaria se restituye.

      ¿Debo aportar nuevamente a la Gestora si vuelvo a trabajar?

      No.
      Cuando ya eres jubilado, puedes estar exento de aportar a la Gestora, siempre que presentes a tu empleador:

      Una carta de solicitud de exención de aportes, y

      La documentación de respaldo que acredite tu condición de jubilado.

      Sin esta presentación, el empleador podría descontar aportes por defecto.

      ¿Existe alguna prohibición para docentes?

      No.
      La normativa no establece ninguna prohibición específica para docentes jubilados que deseen trabajar nuevamente en el sector público.

      Lo único que debe respetarse es:

      La compatibilidad horaria.

      Las reglas administrativas de cada institución.

      Conclusión
      Sí puedes trabajar en una institución pública y seguir recibiendo tu renta de jubilación.

      Si tu pensión incluye Fracción Solidaria, ese monto se suspende mientras trabajes en el sector público.

      Puedes solicitar la exención de aportes a la Gestora presentando la documentación correspondiente.

      No existe prohibición específica para docentes.

      Responder
    • Puedes seguir recibiendo tu pensión de jubilación, te recomendamos que solo ejerzas el cargo de docente para seguir gozando de tu pensión como militar jubilado.

      Pero debes seguir pasos administrativos y también ante la contraloría, uno de nuestros asesores puede guiarte en: que debes hacer y darte el respaldo de la normativa vigente; para que cumplas todos los requisitos y puedas estar tranquilo, de que todo está en regla.

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  2. Yo me jubile hace más de 15 años y me descontaron el 32% del pago mensual por que me faltaban 4 años.Pregunto ese descuento es de por vida. Otra pregunta, trabajo en la universidad pública y recibo mi jubilación no debo recibir el bono vida ?(no sé su nombre)Otra pregunta estoy asegurado en el Seguro universitario y también me descuenta en CPD por serJubilado!

    Responder
    • Hola Alberto,
      De acuerdo con las normas de Seguridad Social a largo plazo en Bolivia, el descuento para las personas, que en ese entonces se jubilaron con reducción de edad, es de por vida.
      En referencia a tu pregunta sobre el bono vida
      Todas las personas que tienen 60 años o más y trabajan en alguna institución pública, no pueden cobrar la Renta Dignidad mientras sigan trabajando.
      En relación a tu descuento de la caja de salud a la que estas afiliado, podemos asesórate, es importante que tomes contacto directo con uno de nuestros consultores en este enlace
      Asesor Planifica

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