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¿Qué pasa con los aportes a la afp cuando el asegurado/a fallece?

¿QUE PASA CON LOS APORTES A LA AFP CUANDO EL ASEGURADO/A FALLECE?

¿Qué pasa con los aportes de un asegurado/a cuando fallece?

Hoy toca hablar de un tema poco grato pero necesario;

¿Qué pasa con los aportes de un asegurado cuando fallece?, bajo la declaratoria de los derechos humanos:

“Toda persona tiene derecho… a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”

Esto incluye los aportes a la AFP cuando un asegurado fallece.

Bolivia también incluye estos principios en la ley de Pensiones 065 de acuerdo a los siguientes Artículos:

GASTOS FUNERARIOS PRESTACIONES POR MUERTE

Artículo 10  (PENSIÓN POR MUERTE Y GASTOS FUNERARIOS).

«Los Derechohabientes del Asegurado fallecido sin Pensión de Vejez, percibirán la Pensión por Muerte derivada de la misma».

Artículo 12 (PRESTACIÓN SOLIDARIA DE VEJEZ).

El Asegurado fallecido originará el derecho al pago de los Gastos Funerarios. La Prestación Solidarias de Vejez obtenida por el Asegurado comprende el pago de:

b) Pensiones por Muerte a Derechohabientes, vitalicias y temporales según correspondan, al fallecimiento del Asegurado con Pensión Solidaria de Vejez.

c) Gastos Funerarios al fallecimiento del Asegurado con Pensión Solidaria de Vejez.

Bajo este marco legal y normativo, solo queda aclarar algunas de las preguntas que nos hacen cuando se toca este tema:

¿La prestación por muerte se otorga sin discriminación de sexo a la pareja, o es solo para las esposas?

  • Este beneficio es para el Derechohabiente de primer grado, en este caso para la esposa o esposo; el cónyuge asegurado que aporta a la AFP y fallece deja una cobertura de pensión por muerte.
  • Para saber si puedes acceder a este beneficio es mejor buscar el asesoramiento objetivo  de un experto, puesto que el sustento completo de la familia o uno de los ingresos se ven afectados.
  • En Planifica Consultores contamos con un equipo de gestión de documentos y asesores expertos para ayudarte a obtener los beneficios por el asegurado a la AFP que falleció.

 ¿Qué beneficios les heredo a  mis hijos/as, de todos estos aportes a la AFP en Bolivia en caso de que  fallezca?

  • Los hijos e hijas son beneficiarios de primer grado, sin importar que sean hijos del matrimonio actual en el momento del fallecimiento del asegurado/a, o la descendencia concebida fuera  del matrimonio. Los beneficios se distribuyen de forma porcentual entre todos los Derechohabientes de primer grado.
  • Es oportuno consular con un asesor especializado para evitar inconvenientes familiares.

   ¿Quién puede cobrar los gastos funerarios en Bolivia?

  • Durante los primeros  6 seis (meses), cualquier persona que acredite haber pagado los mismos.
  • Pasados  los 6 (seis) meses hasta  los 18  (dieciocho) meses, solo podrán solicitar el pago de los gastos funerarios los Derechohabientes en el siguiente orden de prelación.

1.- Conyugue o conviviente supérstite

2.- Hijo/a 3.- Padre o Madre4.-Hermano/a

  • Los familiares (Derechohabientes) deberán acreditarse conforme a lo establecido en el reglamento, de la Ley de Pensiones.

 ¿Si la persona fallecida, ya estaba cobrando su pensión de jubilación, su familia tiene algún beneficio?

  • Los Derechohabientes se benefician con una  pensión por muerte, las Prestaciones (Beneficios) están normados de acuerdo al  Artículo 10 y el Artículo 12 de la Ley de Pensiones 065 .
  • Recuerda que  Planifica Consultores se encarga de toda la gestión administrativa  para que estos momentos difíciles, cuentes con personas calificadas que se encargaran de aliviarte esta carga. Además, disponemos de un servicio de asesoramiento especializado para que obtengas los beneficios y derechos que te corresponden cuando un asegurado a la AFP fallece, si eres uno de sus beneficiarios.

Puedes encontrar más información sobre cómo podemos ayudarte en este enlace

Asesoría y gestión para la devolución de masa hereditaria de la AFP

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Comentarios (348)

Trabajé más de 30 años. Cuando intenté desde los 59 años tuve obstáculos. Como ser que mis aportes en Casa Grace de La Paz no existían. Y así de otras empresas. Ahora tengo 61 y me rendí. No puedo cobrar nada.

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Hola Gloria,para saber como ayudarte es necesario revisar la documentación que tu tienes, es importante tomar en cuenta que en tu caso busques un asesor experto, en Planifica Consultores contamos con un equipo de gestión y asesoramiento con más de 15 años de experiencia para encaminar los procesos de jubilación.

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Buen día su padre de mi esposa falleció hace 7 años y una persona X le mencionó que podía sacar los aportes, mi consulta es la siguiente si es verdad que pueda acceder algún beneficio mi esposa tiene 25 años y ella está sola.

Responder

Hola Marco, de acuerdo con la normativa vigente, los herederos si no hay viuda o hijos menores a 25 años o un cónyuge (conviviente), pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo, para:

Determinar si tu esposa puede recuperar la masa hereditaria.
Si quieres contactarte con uno de nuestro asesores puedes ingresar a este enlace
Contacto Planifica

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Es posible recuperar o transferir a la cuenta de aportes de jubilación de mi esposa los montos de masa hereditaria de aportes de sus padres fallecidos?

Hola Marco, no existe una normativa para hacer traspasos de aportes en la ley de Seguridad Social 065 de Bolivia

Buenas tardes, mi tía se caso a los 50 años, con un señor de 67,el falleció a la semana de casados le corresponde la renta de viuedad?

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Hola Mireya, a tu tia le corresponden todos los derechos como viuda, en este caso una pensión de viudedad, si su difunto esposo tenía aportes en la AFP en Bolivia, o si ya estaba jubilado.

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Quisiera saber si mi mama puede cobrar el seguro de mi papa mi padre falleció sin poder hacer su trámite de jubilación el falleció a los 68 años y nunca logro hacer ningún trámite ya q tuvo obstáculos y ahora mi madre quedo viuda y no sabemos si puede cobrar ya que mi madre es operada del corazón y mi hermana sufre de insuficiencia renal.

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Hola Robinson, tu mamá tiene derecho a una pensión por viudedad de por vida y a gozar del mismo seguro medico de salud al que estaba afiliado tu papá en el último trabajo que tuvo.
Estos son los derechos básicos en el Sistema de Pensiones, que esta vigente en Bolivia. Te recomendamos que nos escribas a:
Contacto Planifica

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Buenos días
Quisera consultar que pasos debo seguir ya que mi padre fallecio sin poder cobrar su jubilacion y ya que aun le faltaba dos aportaciones para completar sus aportes y poder jubilarse
Quisiera saber donde debo ir a consultar, información sobre que pasos debo seguir y adquirir mas información

Responder

Hola Juan Pedro, sentimos tu pérdida.
Se debe considerar si tu papá tenia cónyuge, en ese caso le corresponde a la person auna pensión por viudedad vitalicia y los hijos menores a 25 años hasta que cumplan dicha edad;este beneficio tambien inculuye el seguro en la caja que salud a la que estaba afiliado tu papá.
Para obtener estos beneficios debe apersonarte a la AFP en Bolivia a la que aportaba tu papá.
Si tu caso es diferetne puedes ponerte en contacto con nuestros asesores en el siguiente enlace
Contacto Planifica

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Buenas tardes un a consulta. ¿Mi papá falleció a los 72 años y cuando fui a tramitar a la AFP para que mi mamá cobrará su jubilación o lo que ellos llaman pensión por muerte me dijeron que no le corresponde nada ya que mi papá falleció con 72 años y solo le darían a ella si hubiera fallecido hasta los 65 años… Existe alguna forma de solucionar eso?

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Hola Giovanna recibimos tu consulta en el blog y en la página de contactos, si tu papá aportaba a la AFP o al antiguo Sistema de Pensiones, tu mamá tiene todos los derechos a los benficios como su beneficiaría en primer grado.

Si tu papá dejo de aportar por un tiempo prolontado es posible que los derechos de tu mamá sean otros, pero lo que si te podemos aseverar es que si tu papá aportaba al Sistema de Pensiones en Bolvia, tu mamá tiena algun beneficio.

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Hola buenas tardes, hace un mes y medio q falleció mi padre y mi madre quiere cobrar la pensión por muerte, ¿mi pregunta es a que edad puede cobrar la viuda la pensión por muerte? Por que le dijeron q cuando cumpla 58 y mi madre tiene 56.

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Hola Lisa, la pensión de viudedad es un beneficio para el cónyuge y no es necesario tener 58 años cumplidos.
Es decir que tu mamá no tiene que esperar a cumplir 58 años.
Si quieres contactarte con nuestros expertos puedes ingresar en este enlace Contacto Planifica

Tengo un familiar jubilado que cobraba una jubilación y no se quien se quedó con su jubilación.
Pregunta cómo puedo saber quien o quienes pueden cobrar su jubilación derivada, requisitos para cobrar esa jubilación.

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Hola Marcos, el cobro de la jubilación es personal, te recomendamos que el beneficiario de la jubilación se presente en la AFP y haga la denuncia correspondiente, o en caso de que su jubilación sea por el antiguo sistema que se apersone al SENASIR

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Mi mamá quiere saber que requisitos piden para cobrar las aportaciones que mi papá ya es muerto y si ella puede cobrar o no?

Hola Juana, si su papá estaba aportando a la AFP, es muy probable que le corresponda una renta vitalicia de viudedad.

Para verificar si tiene este beneficio, debe a persona cena a la oficina más cercana de la AFP con sus documentos personales
Certificado de nacimiento, el de ella y el de su papá
Certificado de matrimonio (no es indispensable)
Carnet de identidad el de ella y el de su papá
Certificado de defunción de su papá

Con esta información básica el la AFP en Bolivia le darán los pasos a seguir.

Mi caso es el mismo yo me quedé sola a cargo de tres niños uno recién nacido de trece días cuando fui a ver que oportunidades tenia de una pensión, me pusieron obstáculos indicando que tienen mayoría de edad y no pude recibir nada ahora con esta ley puedo ahora soy una persona delicada. No cuento con ningún trabajo

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Carlos que pena que tu familia pasó por esto, para poder orientarte es importante que nos digas hace cuanto tiempo ocurrio esto.
Puedes enviar todos los datos al siguiente enlace, para recivir una respuesta personalizada
Contacto Planifica

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No aparece mis boletas de pago y tengo aportes desdé el 1989 – 1992 al no a ver las boletas no lo reconocen fui hasta La Paz, pero estoy registrada que trabaje porque presente los años de servicios y me registre para la 5ta categoría

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Hola Barbara, para poder ayudarte es importante hacer una evaluación de tu caso.

Puedes acceder a una evaluación sin costo de tu caso en el siguiente enlace.

Contacto Planifica

Buenas nosotros somos tres hermanos todos mayores de 25 quería consultar acerca si podemos recuperar lo que nuestro padre cotizo

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Hola Hernán, de acuerdo con la normativa vigente, los herederos si no hay viuda o hijos menores a 25 años o un cónyuge (conviviente), pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo, para:

Determinar si puedes recuperar la masa hereditaria en un plazo menor a los 3 años

Podrás recuperar lo que por derecho les corresponde como herederos, lo más pronto posible dentro la normativa vigente.

Si requieres mayor información, puedes ingresar en este enlace Asesoría y gestión para la devolución de masa hereditaria de la AFP

O solicitar la cita sin costo en nuestra sección de contactos Contacto Planifica

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Quisiera saber la direccion.para realizar consultas

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Hola Diana, sera un gusto tenerte en nuestras oficinas, que están ubicadas en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. Puedes hacer tus consultas en el siguiente enlace Contacto Planifica
Esperamos noticias tuyas

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Quiero saber cual es el enlace

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Hola María, puedes contactarnos directamente al siguiente enlace
Contacto Planifica

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Quisiera saber si se puede cobrar lo as aportaciones que hizo mi padre ya pasaron más de 10 años yo ahora tengo 16 años

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Hola Adriana, sentimos comunicarte que el tiempo límite para solicitar los beneficios de pensión por muerte en el sistema de seguridad social en Bolivia es de 3 años. Pasado este tiempo se pierde el beneficio.

Si pasaron más de 10 años como nos indicas, lamentablemente también perdiste el derecho de devolución de masa hereditaria, de los aportes realizados a la AFP en Bolivia.

una consulta mi sra madre era juvilada y cobraba su renta al fallecer ella el que cobraba era mi padre que era tambien jubilado ahora al

fallecer mi padre yo como unico hijo TENGO DERECHO ALGUN BENEFICIO???

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Franz, si eres mayor a 25 años ya no te corresponde ningún beneficio.
Si sigues estudiando, no trabajas, no te casaste y eres menor a 25 años puedes solicitar una pensión hasta tus 25 años.

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Buenas mi madre falleció mi padre es al igual fallecido pero solo mi madre tiene aportes de afp fuimos a la oficinas con mi hermana porque solo somos 2 hijos nos pidieron papeles de todo tipo pero cuando ya teníamos todos los requisitos que nos pedían nos dicen que volvamos después de 3 años desde la fecha que falleció mi madre mi pregunta es eso es correcto que nos hagan esperar tanto 3 años y como seria el pago para mí y mi hermana pasando esos 3 años ya tenemos todos los papeles que nos pedían falta esperar que pase el tiempo

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Freddy, este tiempo de espera de acuerdo a las normas adminitrativas es para verificar que todos los herederos esten incluidos.

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Buenas tardes que requicitos se requiere para el cobro de gastos funerarios y donde se realiza esta solicitud???

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Si la persona fallecida estaba aportando a la AFP, la solicitud se la realiza en esta institución. Para el tema de requisitos lo mejor es que primero verifique en que AFP hubiera estado aportando la persona fallecida, donde le darán los requisitos, que básicamente son los siguientes:

– Certificado de defunción original

– Fotocopia del carnet de identidad de la persona fallecida

– Fotocopia del carnet de identidad de la persona solicitante

– Factura o Recibo de los gastos funerarios, a nombre de la persona solicitante.

El plazo máximo para solicitar el beneficio es de 18 meses después de fallecida la persona. Los primeros 6 meses lo puede solicitar cualquier persona, pasados los 6 meses la solicitud la pueden hacer los derechohabientes de acuerdo al siguiente orden de prioridad:

– Cónyuge o conviviente

– Hijo(a)

– Padre o madre

– Hermano(a)

Si la persona fallecida ya cobraba la Renta Dignidad, la solicitud de los gastos funerarios se la hace a la Autoridad de Pensiones, y los plazos y requisitos son los mismos que los señalados para las personas fallecidas que estaban aportando a una AFP.

Responder

Hola Rodolfo, si la persona fallecida estaba aportando a la AFP, la solicitud se la realiza en esta institución. Para el tema de requisitos lo mejor es que primero verifique en que AFP hubiera estado aportando la persona fallecida, donde le darán los requisitos, que básicamente son los siguientes:

– Certificado de defunción original

– Fotocopia del carnet de identidad de la persona fallecida

– Fotocopia del carnet de identidad de la persona solicitante

– Factura o Recibo de los gastos funerarios, a nombre de la persona solicitante.

El plazo máximo para solicitar el beneficio es de 18 meses después de fallecida la persona. Los primeros 6 meses lo puede solicitar cualquier persona, pasados los 6 meses la solicitud la pueden hacer los derechohabientes de acuerdo al siguiente orden de prioridad:

– Cónyuge o conviviente

– Hijo(a)

– Padre o madre

– Hermano(a)

Si la persona fallecida ya cobraba la Renta Dignidad, la solicitud de los gastos funerarios se la hace a la Autoridad de Pensiones, y los plazos y requisitos son los mismos que los señalados para las personas fallecidas que estaban aportando a una AFP.

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Buenas noches tengo 2 preguntas porfavor sino fuera molestia lo que pasa es que mi padre tenia 2 mujeres que es mi madre y la otra señora no estava casado con ninguna de las dos y vivia en ambas casas mi pregunta va que la otra señora sin estar casada se declaro esposa de mi padre y esta resiviendo afp que tengo entendido es de por vida que se puede aser para este problema ? la otra pregunta que la hija de la otra señora tiene 24 años faltava un año para que ya no resiva afp pero se embaraso y ya no esta reibiendo mi problema es que mis afp de mi no aumentaron nada al contrario fueron bajando y mucho

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Hola Walter, en referencia a la otra pareja de tu papá, la AFP solo puede otorgar pensión por muerte a una persona, y se define en base a toda la documentación que presentó en su momento la otra pareja de tu papá.

En cuanto a tu pensión como beneficiario, cuando los que reciben son la esposa y más de un hijo, les corresponde el 50% a la esposa y el restante 50% para los hijos… cuando solo queda la esposa y un hijo, le corresponde 70% a la esposa y 20% al hijo.

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Buen día.quisiera saber si me corresponde angun beneficio.mi esposa falleció en marzo .

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Hola Pablo, sentimos tu pérdida, si tu esposa aportaba a al AFP, te corresponde la pensión por muerte y la devolución de los gastos funerarios.

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Por favor me pueden orientar? Mi papa fallecio en el mes de mayo, desde que momento es pagado la pensión por muerte mediante reglamento? Según los datos la solicitud se realizó un mes después debido a que en las afp mi mamá debía realizar su actualización de datos, y tardó por cuestiones netamente de la afp no por nosotros
Mi duda es: págan desde el momento de muerte o desde el momento de solicitud? en el retroactivo le cancelaron menos un mes

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Hola Karen, sentimos tu perdida, la pensión por muerte se paga a partir de la fecha en que la AFP recibe la solicitud.

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que pasa si se pide la devolucion de aportes del fallecido y son 3 hermanos de diferentes madres 10 22 y 28 años cada uno todos pueden acceder a la devolucion o solo los menores

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Ariel, en este caso lo que corresponde es solicitar una pensión por muerte para los hijos menores a 25 años.
Por ejemplo.-
El Hijo de 22 años si no esta caso o trabaja puede recibir la pensión hasta sus 25 años.
Si al momento del fallecimiento la persona estaba casado o tenia una relación de convivencia, la viuda también tiene derecho a una pensión por muerte.

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Buenas tardes, una consulta
Mi hermano falleció el 2007, el no tuvo esposa ni hijos, nuestros padres fallecieron, como hacemos para solicitar la devolución de sus aportes de mi hermano en afp bolivia, ya que somos dos hermanos.

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Hola Juan, sentimos su pérdida
De acuerdo con la normativa vigente, de Seguridiad Social en Bolivia, los herederos si no hay viuda o hijos menores a 25 años o un cónyuge (conviviente), pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo, para:

Determinar si puedes recuperar la masa hereditaria, puedes acceder a este enlace para ponerte en contacto con uno de nuestros asesores y recibir una evaluación sin costo de tu caso
Contacto Planifica

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La pension es solo hasta los 25 años?

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Hola Carlos en el caso de los hijos que son beneficiarios de una pensión por muerte en el Sistema integral de pensiones en Bolivia, si pueden acceder a este beneficio hasta cumplir 25 años.
Si el hijo es declarado antes de sus 25 años con alguna limitación cognitiva o de desplazamiento que le afecte de por vida este hijo puede recibir una pensión vitalicia, mediante los aportes realizados a la AFP en Bolivia, del padre o madre fallecido.

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Una consulta……… Mi madre falleció apenas empezando a cobrar su jubilación, era divorciada y sus hijos (somos 2) ya tenemos más de 25 años, supongo q ya no tenemos derecho a ningún pensión…………. Donde quedaron sus aportes, hay alguna forma de recuperarlos???

Responder

Hola Waldo, si tu mamá se jubilo mediante la AFP en Bolivia, al momento de la solicitud del tramite de jubilación, debía haberlos declarado como derecho habientes de tercer grado, si se se realizo ese procedimiento les corresponde recibir una pensión por muerte.
En caso de no haber hecho la declaración, no les corresponde recibir nada.

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Una consulta Por favor Mi padre falleció apenas empezando a cobrar su jubilación, era viudo y sus hijos (somos 4) ya tenemos más de 25 años, supongo que ya no tenemos derecho a ningún pensión. Donde quedaron sus aportes, hay alguna forma de recuperar? Y por otro lado, en su declaración de prestaciones me registro como su derecho-habiente . tendré algún derecho aparte de cobrar los gastos funerarios?

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Hola Jaime, si tu papá te declaro como beneficiario de 3er grado, puedes solicitar el pago de la pensión, en el porcentaje que declaró.
Si no existe esta declaración, los fondos pasan a formar parte del fondo de vejez, que es el fondo común de todos las personas que se jubilan con la AFP.

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Una consulta mi abuelo falleció en 2018 y hizo su jubilación y legalmente el me dijo que me dejaba todo pero mis tíos no me dejaron ver nada se agarraron mis papeles de mi abuelo como podría ver si me dejo su renta o si me corresponde soy menor de 25 años y no trabajo por salud ni estudio por eso mismo el me dijo q legalmente estaba todo a mi nombre y recién ahora quiero ver porque no se como pero estoy más delicada y quiero saber si podría siquiera ayudarme un poco con eso

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Hola Libertad
Tiene que ir a la AFP donde su abuelo se jubiló y verificar si estás declarada como derechohabiente de tercer grado, presentado tu C.I.

Si tu abuelo te declaró como derechohabiente de 3er grado, pero todavía vive tu abuela, tu abuela tiene derecho a cobrar la pensión.

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Una consulta.mi esposa falleció y creo q me corresponde una pensión por su muerta. Quería saber si hay algo para los 2 hijos pequeños q dejo.q no son míos. Gracias

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hola, quieria hacerles una pregunta, como puedo hacer para que mi nieta cobre mi pension de vejez cuando yo fallesca
, ya que yo estoy al cuidado de ella

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Hola Viviana, para darte una respuesta responsable y seria, necesitamos que nos digas si ya estás jubilada.
Con todo gusto te ayudaremos.
Como son datos personales te pedimos que ingreses al siguiente enlace y nos escribas
contacto Planifica

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una pregunta porfavor mi padre era rentista minero al fallecer mi madre adquirio los benedicios de la renta ahora mi madre acaba de fallecer, escuche que se pueden beneficiar los hijos menores de 18 años y si estan estudiando en universidad hasta los 25 esto es correcto o falso no se si me podrian sacar las dudas porfavor

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Hola Ladislao, si corresonde que a los hijos menores a 25 años se les pague una renta de beneficiario, debes apersoanrte a la AFP para poder solicitar este derecho.
Gracias por la pacienciencia para esperar tu respuesta

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muchas gracias

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Muchas felicidades al Directorio por que es una fuente de información seria.

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Hola Efraín, sentimos mucho el momento que estas pasando, vamos a darte dos opciones porque tu pregunta es muy abierta.

Si tu esposa estaba aportando a la AFP, les corresponde a ti y atu hija una pensión por muerte.
Si tu estas aportando a la AFP, puedes adjuntar un formulario de derechohabientes que lo solicitas en la AFP.

Si tu hija tiene alguna dificultad de salud que afecte su vida laboral en un futuro, es importante que pidas un informe médico de la caja de salud en la que están afiliados y presentarlo a la AFP, para que pueda ser beneficiaria tuya y de tu esposa, de por vida.

Responder

Hola Efraín, sentimos mucho el momento que estas pasando, vamos a darte dos opciones porque tu pregunta es muy abierta.

Si tu esposa estaba aportando a la AFP, les corresponde a ti y atu hija una pensión por muerte.
Si tu estas aportando a la AFP, puedes adjuntar un formulario de derechohabientes que lo solicitas en la AFP.

Si tu hija tiene alguna dificultad de salud que afecte su vida laboral en un futuro, es importante que pidas un informe médico de la caja de salud en la que están afiliados y presentarlo a la AFP, para que pueda ser beneficiaria tuya y de tu esposa, de por vida.

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Hola Delma, los datos de tu pregunta son muy amplios vamos a tratar de ayudarte considerando dos situaciones en la que te puedes encontrar.
1.- Si eres menor a 25 años, te corresponde una pensión como derechohabiente de de primer grado, te recomendamos apersonarte a la AFP donde estaba afiliado tu papá y hacer el trámite respectivo.
2.- Si eres mayor a 25 años, para beneficiarte de la devolución de estos aportes, tu papá tenía que haberte declarado como derechohabiente de tercer grado.

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Mi madre falleció hace 4 años y quisiera saber si es que aún se puede cobrar los aporte que tenía ?

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Hola Ricardo, de acuerdo con la normativa vigente, los herederos si no hay viuda o hijos menores a 25 años o un cónyuge (conviviente), pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).
Puedes ingresar a este enlace para conversar con un experto
Contacto Planifica

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo

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Hola Juan Luis, necesitas hacer una trámite para solicitar la inclusión como derechohabiente vitalicia de tu hermana.
si quieres recibir más información puedes ingresar a este enlace Contacto Planifica

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Mi suegra falleció y no estaba jubilada ya le tocaba si como se puede cobrar sus aportaciones totales ya que es un monto considerado. La pregunta es mi suegro puede cobrar el total de toda la aportación porque él es muy mayor
Y él tiene miedo de cobrar la jubilación unos cuantos meses y después fallecer y perderlo todo

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Hola Rodrigo, sentimos la pérdida de tu familia; repondiendo a tu pregunta si el esposo sigue vivo corresponde la pensión por viudedad, no puede solicitar la devolución de la masa hereditaria.

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Hola María, sentimos el momento por el que están atravesando en referencia a tus consultas:
-Tu mamá tiene derecho a la pensión por muerte de parte de tu papá
-Le corresponde la renta de vejez (jubilación)

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Hola por favor querria preguntar, mi padre acaba de fallecer, no llegó a recibir la pensión se hizo la compensacion al senasir,querria saber si puedo hacer declaratoria de herederos tengo mas de 25 años

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Si estaba trabajando y cumple con los requisitos, su cónyuge tiene derecho a una pensión por muerte, al igual que los hijos menores de 25 años que sigan estudiando.

Hola Cynthia, si falleció después desde la fecha de su último aporte, los derechohabientes pueden solicitar la devolución de todo el dinero aportado (incluyendo intereses).

Si la persona fallecida ya estaba jubilada, su cónyuge y los hijos menores de 25 años que sigan estudiando, reciban la pensión por muerte.

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Buenos días, una consulta. Yo aporto a la AFP. Y tengo conmigo el cuidado de los padres. Como puedo hacer para ellos también estén asegurados

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Hola Edwin, si te refieres a la afiliación para que sean tus beneficiarios a la caja de Salud donde Aportas, debes ir a trabajo social de esa institución y solicitar los requisitos.
Si bien hay normas generales como: que tus papas no gocen de ninguna renta de vejez, tengan NIT, vivan en la misma casa donde tu vives.
Hay procedimientos para obtener el beneficio que están establecidos de acuerdo al las regulaciones internas de cada caja de salud

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Hola Edwin, si te refieres a la afiliación para que sean tus beneficiarios a la caja de Salud donde Aportas, debes ir a trabajo social de esa institución y solicitar los requisitos.
Si bien hay normas generales como:

Que tus papas no gocen de ninguna renta de vejez,
No tengan NIT,
Vivan en la misma casa donde tu vives.

Hay procedimientos para obtener el beneficio que están establecidos de acuerdo a las regulaciones internas de cada Caja de Salud

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Hola Marcos Daniel, si al viudo y a los hijos les corresponde una pensión:
– En caso de los hijos hasta que cumplan 25 años sis sigue estudiando
– En caso del cónyuge, una renta de por vida

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Hola Efraín, sentimos mucho el momento que estas pasando, vamos a darte dos opciones porque tu pregunta es muy abierta.

Si tu esposa estaba aportando a la AFP, les corresponde a ti y atu hija una pensión por muerte.
Si tu estas aportando a la AFP, puedes adjuntar un formulario de derechohabientes te lo facilitan en la AFP.

Si tu hija tiene alguna dificultad de salud que afecte su vida laboral en un futuro, es importante que pidas un informe médico de la caja de salud en la que están afiliados y presentarlo a la AFP, para que pueda ser beneficiaria tuya y de tu esposa, el resto de su vida.

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.una consulta tengo 56 años estoy sin trabajo desde hace un año. por lo que se tengo el calculo de compensacion por bs. 900 y por un tiempo de 20 años. aportes en la afp por 19 años cuando me jubilaria si mis aportes pasan los 35 años

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Jose gracia por la pregunta, para poder darte una respuesta precisa es necesario hacer una proyección financiera, en la que determinamos con cuanto y en cuanto tiempo te puedes jubilar.
También el análisis de lo que puedes hacer en caso que tu renta de vejez no esté de acuerdo a tus expectativas
Puedes escribirnos al siguiente enlace si quieres recibir más información
Contacto Planifica

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Hola queria saber mas datos sobre los asegurados ya que llevo 2años aportando a la AFP… y ya tengo una niña y quiero asegurarla ….

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Hola Jesús, debes apersonarte a las oficinas de la AFP en la que estás asegurado y solicitar la inclusión de tus derechohabientes

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Buen día sabe mi padre falleció hace 7 meses es posible aun realizar el trámite para los gastos funerarios… ¿Y cómo era jubilado poder solicitar la pensión por muerte para mi madre … Aparte el monto de jubilación se acumula de los 7 meses?

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Sentimos tu pérdida, para solicitar la pensión por muerte tu mamá debe es dirigirse al SENASIR, si tu papá se jubilo con el antiguo Sistema de Pensiones en Bolivia. Si tu papá se jubiló mediante la AFP en Bolivia, tu mamá debe ir a las oficinas de la AFP en la que el aportaba antes de jubilarse.
Respondiendo a tu primera pregunta, si pueden solicitar la devolución de gastos funerarios, el trámite debe hacerlo el familiar (hijo/a o esposa) al que se giró la factura. Deben tomar en cuenta que, si tu papá se jubilo mediante el antiguo sistema de pensiones en Bolivia, deben hacer la solicitud en la Gestora pública, si el se jubiló mediante la AFP en Bolivia, deben hacer la solicitud en esta institución.
En referencia a los beneficios de tu mamá le corresponde una pensión por viudedad de por vida y el seguro de salud al que estaban afiliados.
En caso de existir hijos menores a 25 años a ellos también les corresponde una pensión, es decir la pensión de tu papá se divide de forma porcentual entre la viuda y los hijos,
Cuando los hijos cumplen 25 años, toda la pensión va en beneficio de la viuda.

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Buenas tardes quisiera saber que pasa cuando una viuda recoge renta pero luego se vuelve a casar con otra persona continua recogiendo la renta de su pareja anterior y si tiene hijos igual

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Hola Jessica, si la viuda o viudo conforme sea el caso no pierde el beneficio por volverse a casar.

Responder

Hola saludos mi pregunta es la siguiente mi padre acaba de fallecer y aportaba a la AFP murio en un accidente de trabajo antes de jubilarce quienes y que beneficios recibiremos sus hijos y mi madre y …tambien tengo un hermanastro que mi papa tubo fuera del matrimonio el tambien recibira algun beneficio ??? Agradeceria que me respondan ?

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Hola Cristian, si tu mamá y todos los hijos de tu papá menores de 25 años, tienen derecho a recibir una pensión

En el caso de los hijos hasta que cumplan 25 años.

En el caso de tu tu mama la pensión es vitalicia.

Para darte más detalles y un análisis de tu caso puedes a este enlace Contacto Planifica

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Buenas tardes disculpe mis padres fallecieron ambos en un accidente mi madre era profa. Jubilada mi padre era prof. Activo en el momento de fallecer pero qué beneficios tendríamos que recibir sus hijos la menor de mis hermanas tambien fallecio y tengo un hermano con poliomielitis pero dijeron que no tiene derechoa recibir renta

Responder

Hola Jhovana, para poder ayudarte es importante que complementes la siguiente información: Qué edad tienen el hijo con poliomielitis y si tiene carnet de discapacitado que otorga la Gobernación a través del SEDES
Como estos datos son personales te sugerimos que ingreses a este enlace para escribirnosContacto Planifica

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Hola Jhovanna, para poder ayudarte es importante que no facilites la siguiente información: qué edad tiene tu hermano con poliomielitis y si tiene carnet de discapacitado que otorga la Gobernación a través del SEDES
Mejor si envias tu respuesta al siguiente enlace
Contacto Planifica

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Yoselín, los hijos tienen derecho a una pensión por muerte hasta los 25 años, en tu caso al haber cumplido 25 años ya no calificas para este beneficio.

Si tienes hermanos menores a 25 años, puedes ir a la AFP y solicitar los beneficios de ellos, para una pensión por muerte, también le corresponde a la viuda.

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buenas tardes, mi consulta es que mi papa ya se jubilo hace 7 años, somos 4 hermanos ya mayores de 25 años. mi pregunta, dios no quiera que sea pronto, cuando mi papa llegase a fallecer donde quedara sus aportes.?? ya que somos mayores de 25 años, tendremos algún beneficio.?? mientras mi papa este con vida se puede hacer algo para que no se pierda sus aportes..?? GRACIAS.

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Hola Jesus,
La pensión de jubilación se paga a la viuda si es que hubiera una esposa o conviviente.
Si ya no hay viuda o hijos (menores a 25 años).
No se puede hacer nada más

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Hola el novio de mi cuñada era profesor fallecio hace poco tenia recien 4 años de servicio y no estaban casados pero tienen una hija de 3 años en este caso la niña puede ser beneficiaria de algo o no le corresponde nada

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Hola Dimelsa, El sistema Integral de Pensiones en Bolivia, considera como beneficiario al cónyuge y a los hijos del fallecido para darles el beneficio de la pensión por muerte, es decir ambas tienen derecho a recibir una pensión

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Buenas tardes, mi cinsulta es la siguiente: tengo como doce años de aportes en afp, en caso de mi muerte reciben algun beneficio mi hijo de 6 años y mi esposo o solamente mi hijo! si me pueden ayudar a salir de esta duda ya que nadie tiene la vida comprada

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Hola Isaura, si tu hijo y tu esposo reciben una pensión, el sistema de Seguridad Social en Bolivia considera lo siguiente: en el caso de tu hijo hasta que cumpla 25 años y en el caso de tu esposo es vitalicia.

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Buenas tardes, mi hermana fue victima de feminicidio en la presente gestión mis padres hicieron el tramite de declaratoria de herederos mediante el cual la AFP Previsión les devolvió gastos funerarios correspondientes; mi hermana aporto a esta entidad solo 5 primas en la gestión 2015 como independiente, mi consulta es saber si ello da derechos para que mis padres tramiten una pension o pidan la devolución de los aportes que realizó, muchas gracias por adelantado por la respuesta.

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Hola Yasil, puedes solicitar en la AFP la devolución de los aportes que tu hermana hizo como independiente.

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Hola un cordial saludo, mi consulta es, yo soy jubilado y cuando fallezca quiero que los beneficios de mi jubilación los reciba mi nieto que hoy tiene 8 años que vive conmigo y esta a mi cargo, que tramite tendría que hacer para que el se beneficie

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Hola Juan,

Para poder otorgar este beneficio, se debe hacer una declaración al momento de firmar el contrato de jubilación con la AFP.

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Mi mamá aportó durante 14 años a las afps. Murio y somos 2 hijos de 17 y 6 años y mi papá. Tenemos derecho algún beneficio? O podemos recuperar los aportes de las afps?

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Hola Karin,

Tienen derecho a una pensión por muerte:

En el caso de tu papá de por vida.

En el caso de los hijos menores de 25 años, hasta que cumplan esta edad siempre y cuando sigan estudiando.

También gozan del seguro de salud al que tu mamá estaba asegurada mientras aportaba.

Debes ir a la AFP en la que aportaba tu mamá para que te den todos los requisitos.

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Buenas tardes una consulta los Derechohabientes de tercer grado reciben una pensión de forma vitalicia? cuales son las condiciones, y se puede declarar a mas de uno

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Estimada Silvia:

Los derechohabientes de 3er grado sólo pueden declararse al momento de iniciar la Solicitud de Pensión de Vejez.

Y si puede declarar a más de una persona.

Saludos

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Buenas noches tengo la siguiente consulta, mi padre fallecio y el nunca se jubilo pero mi madre figura como su derechohabiente, nosotros los hijos somos dos y ambos somos mayores de 25 años, nos informan que se registraron mas hijos fuera del matrimonio, quienes son los beneficiarios y quienes pueden hacer los tramites .

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Hola Soledad
En el caso de tu mamá, a ella le corresponde hacer el trámite por viudedad.
En el caso de los hijo fuera del matrimonio les corresponde a ellos o a su tutor, hacer los tramites y presentar los documentos necesarios para recibir este beneficio.

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Hola Ana
Existen dos opciones:

Si la persona, al momento de fallecer, estaba aportando su cónyuge y los hijos menores de 25 años (que sigan estudiando), pueden solicitar la pensión por muerte.

En caso que no haya estado aportando, y no tenga cobertura, los herederos pueden solicitar la devolución de los aportes, y dependiendo del tiempo de fallecimiento es que se define que camino deben tomar para solicitar la devolución de aportes.

Si necesitas aclarar alguna duda puedes escribir a este enlace

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Hola Ana, tienes dos opciones

Si la persona, al momento de fallecer, estaba aportando su cónyuge y los hijos menores de 25 años (que sigan estudiando), pueden solicitar la pensión por muerte.
En caso que no haya estado aportando, y no tenga cobertura, los herederos pueden solicitar la devolución de los aportes, y dependiendo del tiempo de fallecimiento es que se define que camino deben tomar para solicitar la devolución de aportes.

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Mi padre fallecio el año 2003, el estuvo aportando era trabajador cooperativista minero, nosotros los hijos somos mayores de edad y no realizamos ningún trámite y ahora durante todo este tiempo mi madre no gozo de ninguna pensión, ella podría acceder todavía a pedir que se le asigne la pensión vitalicia o quiza la devolución de los aportes de mi padre?

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Los herederos tienen un plazo de 10 años para reclamar la devolución de los aportes que hizo (Masa Hereditaria), .
Si no hicieron ninguna solicitud en ese lapso de tiempo, ese dinero pasa al Fondo Solidario.
Podemos ayudarte a verificar si todavía se puede solicitar, puedes ingresar a este enlace para ayudarte
Contacto

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Buenas mi padre fallecio el 21 de febrero era jubilado de YPFB , mi madre es divorciada de el pero volvieron a vivir juntos sin casarse quisiera orientacion sobre los pasos a seguir en el tema de sus aportes

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Hola Javier, tu mamá debe demostrar que era cónyuge de tu papá cuando el falleció, esto lleva un proceso que debe hacerse con asesoramiento.

Si quieres hacer una consulta privada con uno de nuestros expertos puedes ingresar a este enlace Contacto

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Cuando uno se declara heredero de un hermano fallecido, en cuanto tiempo devuelven los aportes.

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En el caso de los aportes a la AFP, tu hermano debía haberte nombrado como beneficiario.

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En caso de que mi familiar falleciera a los 26 años puedo cobrar o no..?

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Hola Alicia, sentimos tu perdida; si la persona tenia un conviviente o e estaba casado, el cónyuge tiene derecho a una pensión vitalicia si tenía hijos a los hijos también les corresponde un porcentaje de esta pensión hasta que cumplan 25 años.

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Soy del hijo mayor aquí en la ciudad de La Paz, mi papá falleció este 2 julio pasado y no cobró su renta de jubilación del mes junio por su estado de salud delicado yo era el que cobraba su rentas de los meses anteriores a su deceso.
Para hacer efectivo su renta del mes de junio, que trámites debo seguir, donde ir a dejar o como debo proceder para cobrar. Pido por favor orientarme

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Orlando, sentimos tu pérdida.

Si no hay esposa y tampoco hijos menores de 25 años, que sigan estudiando, debes apersonarte a la AFP o al Senasir (según corresponda) a solicitar los requisitos para cobrar el mes de junio, que no pudo cobrar tu papá, pero que le correspondía por el mes de junio.

Si hay esposa e hijos menores de 25 años que sigan estudiando, la esposa tiene que ir a cobrar por el mes que no pudo cobrar (junio) y además junto con los hijos solicitar la Pensión por Muerte.

Si solo hay hijos menores de 25 años, que sigan estudiando, ellos deben hacer el trámite de Pensión por Muerte.

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Hola Orlando, si hay esposa e hijos menores de 25 años que sigan estudiando, la esposa tiene que ir a cobrar por el mes que no pudo cobrar (junio) y además junto con los hijos solicitar la Pensión por Muerte.

Si sólo hay hijos menores de 25 años, que sigan estudiando, ellos deben hacer el trámite de Pensión por Muerte.

Si no hay esposa ni tampoco hay hijos menores de 25 años, que sigan estudiando, debe apersonarse a la AFP o al SENASIR (según corresponda) a solicitar los requisitos para cobrar el mes de junio, que no pudo cobrar su papá, pero que le correspondía porque falleció en julio.

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Disculpen ante el fallecimiento de mi madre q era maestra jubilada, existe alguna posibilidad de devolución de aportes?? Al presente mi padre si cobra su.renta de viudez…

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Jose Carlos, la devolución de aportes a la jubilación, es para personas que no están jubiladas en el caso de tus papás, el beneficiario vitalicio de una pensión por viudedad es tu papá, esto quiere decir que a el le pagaran de por vida una renta mensual.

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Hola Carlos, si tu papá ya esta recibiendo el beneficio de la pensión por viudedad no puede solicitar ninguna devolución.

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Mi papá tuvo cuatro hijos de diferentes madres, con ninguna se caso, el mayor tiene 23, estudia, otro de 18 igual estudia, otro de 10 y uno de meses.
Falleció, a, los cuatro le corresponde la pensión, oh a mi por ser el mayor no me corresponde nada

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Hola Paty, a todos los hijos menores a 25 años les corresponde una pensión, que se divide equitativamente en forma porcentual.
Si tu papa tenía una cónyuge, también ella tiene derecho a un porcentaje de la pensión.

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Mis padres fallecieron ,yo tengo 46% de discapacidad física por poliomielitis desde los 2 años,mi papá era jubilado puedo solicitar como derechohabiente algún porcentaje de su jubilación
Gracias

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Hola Angela, si tus padres hicieron la declaración correspondiente en la AFP, tu puedes solicitar una pensión vitalicia como beneficiaria

Si quieres conversar con alguno de nuestros asesores puedes ingresar a este enlace Contacto Planifica

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Buenas noches
Consulta: puede una hija enferma de cáncer soltera y sin empleo heredar la jubilación de su madre al fallecer está?

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Hola Jhanet, para nombrar un beneficiario de tercer grado, se debe hacer una gestión administrativa en el a AFP en Bolivia antes de que el titular se jubile.
Si tu mamá todavía no se ha jubilado es importante que reciba un asesoramiento para su jubilación y ver cuáles son las coberturas que tienen para ella y sus familiares los aportes que realizó toda su vida laboral
Puedes encontrar más información en este enlace
▶️Asesoría y gestión para la jubilación en Bolivia 
Esperamos poder ayudarte

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Buenos días, por favor quisiera hacerles una consulta. Mi padre jubilado (AFP) falleció hace un mes atrás. Mi madre que no percibe ninguna jubilación quiere iniciar el tramite de pensión por muerte de su esposo. ¿Tiene una fecha limite para iniciar el tramite en la AFP?. Muchas gracias de antemano y que tengan un buen día.

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Hola Fabian, este tipo de beneficios es mejor tramitarlos cuanto antes

Aunque puedes hacerlo dentro de los tres años posteriores al fallecimiento, es mejor que tu mamá se beneficie lo más pronto posible de esta pensión por viudedad.

Si quieres hacer una consulta más detallada puedes escribir ala siguiente enlace Contacto Planifica

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Fallecio mi papa y que requisitos necesito para hacer los tramites de su jubilación para que mi mama pueda cobrar esos beneficios por que tengo hermanos menores

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Hola ROberto, deben aproximarse a la oficina de la AFP en la que aporta que aportaba tu papá y solicitar todos los requisitos para que inicie los trámites para su pensión de viudedad

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Hola buenas tardes quería preguntarle tengo el siguiente caso mi padre falleció y mi madre cobra la renta y también mi hermana que está en la universidad y hay un hermano menor que tiene 15 los hijos menores cobran por separado o va junto con su renta de mi mamá.. Espero su respuesta de antemano gracias

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Rubén, Cuando hay hijos menores de edad, la pensión que les corresponde se paga a su tutor en este caso va en el pago que se le hace a tu mamá.

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Buenos días, mi Papá falleció era profesor y seguía trabajando, existe la posibilidad de que mi Mamá pueda retirar los aportes a la AFP Futuro de mi Papá?

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Hola Gualberto, el beneficio que le corresponde a tu mamá e una pensión por viudedad vitalicia

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Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, mi padre falleció no estaba jubilado tenia 72 años no hay hijos menores de 25 años, mi madre quiere hacer el retiro de los aportes de mi padres puede hacer ese tramite??? Y si en caso de que mi medre fallece porque esta delicada de salud los hijos podemos hacer el tramite de retiro de aportes de mi padre??? O ya no corresponde.

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Daysi, de acuerdo a los datos que mencionas en la pregunta lo que le corresponde inmediatamente a tu mamá es una pensión por viudedad.
En la información no mencionas porque tu papá no solicitó su jubilación, a pesar de tener la edad para estar gozando de una jubilación.
Para poder guiarte es importante tener una conversación sobre varios aspectos en el caso de tu papá.
Puedes acceder a este enlace para tener una conversación con un experto Contacto Planifica

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A mi papá le gustaba su oficio de enfermero y no empezo el tramite de jubilacion lamentablemente se contagio con el covid 19 y fallecoo repentinamente. Como NO ESTABA JUBILADO, MI MADRE PUEDE PEDIR EL RETIRO Ó DEVOLUCION DE SUS APORTES DE MI PADRE segun al art. 172 de la ley 065 inc e me podrian asesorar por favor

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Hola Daysi, sentimos tu pérdida, el beneficio que le corresponde a tu mamá es la pensión vitalicia por viudedad, quiere decir que se le pagará una renta cada mes con derecho a seguro médico en la misma caja de Salud en la que estaban asegurados cuando tu papá estaba con ustedes.
Les recomendamos que inicien el trámite lo más pronto posible en la AFP que aportaba tu papá

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Buenas, mi padre era policía sto 2do le faltaba 10 años para su jubilación quería saber si mi madre puede cobrar el sueldo de mi padre de por vida y cuanto tarda para el pago ya hicimos lo q es gastos funerarios

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Hola Jhon, sentimos tu pérdida, si a tu mamá le corresponde la pensión de viudedad, que es un renta de por vida para ella.
Debes pedir todos los requisitos en la AFP que tu papá aportaba

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Antes de Jubilarse, mientras una persona trabaja y aporta a las AFPs, puede hacer el trámite de Derecho Habientes? Cuales son los requisitos?

Y que otros trámites en Vida, uno debe y podría realizar?

Muchas Gracias.

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No es necesario declarar a los derechohabientes de primer grado, ellos son beneficiarios automáticamente.

Si es necesario declarar a un hijo con discapacidad, cuando la misma ha sido antes de que cumpla 25 años, para que sea considerado como derechohabiente vitalicio, esto quiere decir que en caso de fallecimiento del titular, y éste tiene cobertura, al hijo con discapacidad le dan un pensión por muerte de manera vitalicia, al igual que el seguro de salud.

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Miguel, el que recomendamos es declarar a un hijo con discapacidad, cuando la misma ha sido antes de que cumpla 25 años, para que sea considerado como derechohabiente vitalicio, esto quiere decir que en caso de fallecimiento del titular, y éste tiene cobertura, al hijo con discapacidad le dan un pensión por muerte de manera vitalicia, al igual que el seguro de salud.

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QUE PASA CUANDO UN TRABAJADOR A LA HORA DE REALIZAR EL TRAMITE DE PENSIÓN DE VEJEZ, NO DECLARO A NINGÚN DERECHOHABIENTE YA QUE LOS HIJOS SON MAYORES DE 25 AÑOS Y NO EXISTE CONYUGUES, SI EL FALLECE LOS HIJOS PUEDEN RECLAMAR TODO LO QUE APORTO POR 28 AÑOS, GRACIAS

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Hola Encarnación, en caso que dejó de aportar 12 meses o más, y después fallece, sin haberse jubilado, los derechohabientes pueden solicitar la devolución del capital como masa hereditaria

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Buenas días una consulta mío tío falleció espera soltero solo tenia a su mamá y su hermana y aportaba a la AFP durante 15 años, que trámite se tiene que realizar?

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Luis Alberto, En este caso tu mamá es beneficiaria de una pensión por muerte, debes pedir los requisitos en la AFP donde aportaba tu tío.

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Mi pregunta es sobre los gastos funerarios nos devuelven todo los gastos de acuerdo a los recibos y facturas o hay un monto determinado

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Hola Dino, se devuelve un monto fijo de Bs. 1800.- (Un mil ochocientos bolivianos 100/00 )

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BUENAS NOCHES UNA CONSULTA : UN COMPAÑERO DE TRABAJO FALLECIÓ ( EL TENIA 28 AÑOS) QUE LE CORRESPONDE A EL?
TIENE UNA BEBE DE 01 MES Y NO ESTA CASADO

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Hola Sarita, sentimos mucho el fallecimiento de tu amigo; si el estaba aportando a la AFP al cónyuge ( conviviente o esposa) le corresponde una pensión por viudedad vitalicia y a su hijo una pensión hasta que cumpla 25 años

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Buen dia Mi Papá falleció tenia 53 años el aportaba desde hace como 20 años no llego a jubilarse mi Mamá tiene algún beneficio que pueda sacar del AFP ?

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Hola Carlos, si a tu mamá le corresponde una pensión por viudedad y los gastos funerarios.

Debe ir a la AFP en la que tu papá aportaba y solicitar este beneficio.

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Hola Carlos, sentimos tu pérdida, a tu mamá le corresponde una pensión de viudedad, deben apersonarse a la oficina de la AFP en la que tu papá estaba afiliado

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Hola Carlos, a tu mamá le corresponde una pensión por viudedad
Debe aproximarse a la AFP en la aportaba tu papá.

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Buenas tardes, mí tío fallecio hace 1 mes atras y era jubilado (AFP), queria saber que clase de tramites o que papeles se necesita para q mí tía (su esposa) pueda cobrar ese dinero.

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Hola Shirley, nuestra recomendación es que vayan directamente a la AFP en la que se jubilo tu tío y verifiquen todos los requisitos
Los básicos para este trámite son CI de identidad de tu tío y su esposa, certificado de defunción, certificado de matrimonio.
Tu escribiste al Blog de Planifica Consultores, nos especializamos en asesoramiento en Seguridad Social a corto y largo Plazo

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Hola Shirley, te recomendamos que que te apersones a la oficina de la AFP en la que estaba afiliado tu tío.
Escribiste al Blog de Planifica Consultores

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Una pregunta, mi mamá falleció era profesora aun en servicio tenia 69 años
Era divorciada, estamos pidiendo sus aportes de las AFP pero quisiera saber si solo se puede recuperar desde 1997 pues ella también aportaba al antiguo sistema en total unos 45 años y también trabajaba en establecimientos particulares, todo eso se perdió?

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Hola Jorge, sentimos tu pérdida, en el caso de los aportes al antiguo sistema de reparto si no hay hijo menores a 25 años y por la información que nos das, ella ha aportado más de 5 años al Sistema de Reparto. Y al no haber quien pueda cobrar ese monto (por ser mensual), no podrían solicitar la devolución.
Podemos hacer un análisis sin costo de tu caso, si estas interesado tienes que ingresar a este enlace y solicitar este evaluación.
Contacto Planifica

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Buenas tardes quería consultarles mi papá falleció hace un mes y mi mamá días antes que mi papá, el ya era rentista y venía cobrando hace un año aproximado, tengo un hermano que es una persona con discapacidad con grado 91 físico motora, vendría a ser el como beneficiario como derechohabiente, habría una posibilidad de sacar todo el monto en uno solo y no así en mensualidades ya que lo necesitamos para el tratamiento de mi hermano con discapacidad

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Hola Andrés, sentimos mucho tu pérdida, como tu papá estaba jubilado ya no se puede solicitar la devolución de sus aportes.
Si no hay hijos menores de 25 años que sigan estudiando, entonces al hijo con discapacidad le corresponde cobrar la Pensión por Muerte de por vida… y también le darán seguro de salud.

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En tu caso, no se puede solicitar la devolución, porque el padre ya estaba recibiendo la Pensión de Vejez.

Si no hay hijos menores de 25 años que sigan estudiando, entonces al hijo con discapacidad le corresponde cobrar la Pensión por Muerte de por vida… y también le darán seguro de salud.

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Buenas noches, mi esposo falleció hace poco, me dijeron que me corresponde la pensión por muerte: que mis cuatro hijos recibirán una pensión mensual hasta los 25 años y que yo recibiré una pensión vitalicia. La pregunta es cuanto aproximadamente recibirán mis 4 hijos y cuanto recibiré como viuda? Si tiene 20 años de aportes y su valor en cuotas es de 728.88 bs? Sólo quiero saber un aproximado para decidir por la pensión o el retiro de todo lo aportado.

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Manuela, en su caso lo que corresponde es la pensión vitalicia por viudedad y a sus hijos hasta que cumplan 25 años, una vez que sus hijos pasen los 25 años, los porcentajes son incrementados a tu pensión; la devolución del capital en su caso no corresponde

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Buenos días. Por favor una aclaración. Mi Cuñado falleció el 23 De junio Jubilado De SENASIR, al Efectuar el trámite de derechohabientes les exigen devuelva 2 meses anteriores que cobró en vida su renta dignidad. Esto es legal. Ya que sin esa devolución no puede empezar su trámite los derechohabientes.
Espero respuesta gracias.

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Hola Fidel, para poder ayudarte es importante saber el motivo por el que le solicitan la devolución
Cómo esta es información muy personal puedes escribirnos al siguiente enlace
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Buenas noches una consulta mi padre falleció y quisiera saber si mi madre puede retirar sus aportes de mi papá el trabajo en el magisterio aproximadamente 40 años.

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Hola Carla, lo que le corresponde a tu mamá es una pensión vitalicia por viudedad, no puede retirar los aportes.

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Muy buenas tardes queria consultar si es posible la devolución de los aportes de mi papa que fallecio hace años y no se jubiló el aportó desde 1976 a 1989 si no me equivoco, estaba con el grupo de la generación sandwich pero por problemas de salud no pudo continuar
ahora mi mama quiere saber si es posible la devolución de esos aportes, gracias de antemano

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Hola Victor, por los años de aporte que detalles, el derecho que le corresponde a tu mamá es solicitar una pensión de viudedad.
Para lo que deben tener el Certificado de Cotización de Compensaciones.
Si necesitas más información puedes ingresar a este enlace
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Mi cuñado de 54 años falleció de COVID_19 hace un mes, él nunca se casó y tampoco tiene hijos, la consulta es ¿Los 5 hermanos que tiene, pueden solicitar y acceder a la devolución de los aportes que su hermano (mi cuñado) aporto por más de 20 años a la AFP?; gracias por su atención y orientación en este caso.

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Si es su cuñado y su hermana sigue viva, a ella le corresponde solicitar una pensión por viudedad como u cónyuge.
En caso que su hermana no este con vida, los hermanos pueden solicitar la devolución, pero después de 3 años del fallecimiento.

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Hola Juan, en caso que no exista una conviviente los hermanos pueden solicitar la devolución, pero después de 3 años del fallecimiento.

Se espera ese tiempo, en caso que aparezcan hijos o esposa, que puedan reclamar como derechohabientes de primer grado.

Después de los 3 años, para que los hermanos puedan solicitar la devolución como masa hereditaria, deben presentar la declaratoria de herederos.

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Cuando fallece una persona que aporto desde que se inició la AFP y no tiene hijos menores de 18 y 25 años, lo hijos pueden reclamar la masa hereditaria. Muchas gracias.

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Ana Rosa, si la persona no tenía un cónyuge los hijos pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria es un proceso que normalmente dura al rededor de tres años

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Buenas noches una pregunta no entiendo muy bien. Mi papá falleció hace un mes tenía 58 años, nose si aporto a la AFP antes, él no cobraba la renta dignidad se puede cobrar algo o nada

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Hola Rodrigo, debes aproximarte a una oficina de la AFP para ver si el estaba aportando y hacer el trámite de devolución de gastos funerarios.

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Hola buen dia una consulta, mi papa fallecio el era rentista quiero saber como y cuanto tiempo dura el trámite para que mi mama pueda recibir los beneficios

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Hola Fabiana, te comunicaste a Planifica COnsultores somos una empresa especializada en asesoramiento en Seguridad Social.
En tu caso es mejor que te aproximes a la AFP de la que se jubiló tu papá, lo más pronto posible para que tu mamá pueda recibir la pensión de viudedad

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Hola buenas mi hermano murió era profesor de 35 años soltero con 10 años de aporte a AFP no tenía hijos ni pareja yo me puedo declarar heredera y cobrar lo de su AFP o como se podria hacer y cuanto tiempo queda para hacer los trámites.

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Hola Ruth sentimos tu pérdida, la devolución de masa hereditaria se puede gestionar luego de tres años del fallecimiento del titular.

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Mi padre aportó tres años a la AFP.
Le corresponde alguna renta a mi mamá.?

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Hola Juan Carlos, hay una masa hereditaria pero se debe analizar cada caso en particular para corroborar que cumple los requisitos

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Hola una consulta.. Recién nos enteramos que mi abuelito estaba asegurada el fallecio hace 20 años y mi abuelita no cobró los afps en ningún momento queríamos saber que se puede hacer.

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Hola José Miguel, aunque es mucho el tiempo que transcurrido hay posibilidades de tu que abuelita pueda reclamar una pensión por viudedad, pero necesita seguir un trámite de Compensación de cotizaciones.
Par esto es importante que recuerde en que empresa trabajaba.
Por la delicadeza de los datos necesarios te escribiremos a tu correo.
Por favor revisa tu correo no deseado, un correo corporativo de Planifica Consultores

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Hola José Miguel, si tu abuelito aportaba a la AFP a al antiguo sistema, si tu abuelita puede hacer efectivos sus beneficios.

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Hola buenas noche una consulta mi mamá falleció hace 2 meses era profesora no se llego a jubilar ya nos dieron gastos funerarios pero nos dijeron que para retirar sus aportes tenemos que esperar 3 años mínimo y tengo mi hermanita que tiene 18 y sigue estudiando ayuda por favor.

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Hola Gerar, cuando una persona que estaba aportando a la AFP en Bolivia fallece, los hijos menores a 25 años y el cónyuge son sus beneficiarios en primer grado y tienes derecho a una pensión.
Los hijos hasta cumplir 25 años
El cónyuge a una pensión vitalicia.

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Hola buenos días mi pregunta es la siente mi esposo lleva aportando 10 años ya y al momento de llenar los datos no estábamos juntos y el puso como herederos a su hermano y a su mamá que pasa si el llegara a fallecer yo ni mis hijos podremos recibir nada de el beneficio por no figurar como herederos?

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Hola Marioly, debe hacer una actualización de datos en la AFP, los hijos y cónyuge son beneficiarios de primer grado.

Por eso es importante que hagas la actualización de datos en la AFP en la que está afiliado tu esposo.

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Hola Marioly, de acuerdo al Sistema de Seguridad Social el Bolivia, los derechohabientes de primer grado son los hijos y el cónyuge.
En el caso de los hijos menores de 25 años, y ante el fallecimiento del titular, recibirán una pensión hasta que cumplan 25 años, siempre y cuando demuestren que siguen estudiando.

Por otro lado, y no menos importante, existen casos donde un matrimonio sólo se separa sin consolidar legalmente tal situación, es decir sin que exista una sentencia de divorcio, e inician una relación de convivencia (pareja en unión libre) y posteriormente la persona fallece. En estos casos donde no existe una sentencia de divorcio, aún cuando esté conviviendo por muchos años, el cónyuge sobreviviente es quien tiene derecho a reclamar la Pensión por Muerte, y no así la pareja en unión libre.

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Mi hermano falleció y aporto por mas de 25 años a la AFP, su esposa puede recibir alguna pensión? Ya que el era el único sustento de la familia.

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Hola Rolando, a la viuda le corresponde una pensión de viudedad vitalicia y a los hijos menores de 25 años también les corresponde una pensión hasta que cumplan esta edad.

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Si un aportante a las AFP fallece a los 42 años mismo que habría aportado durante 18 años, que beneficio les corresponde tramitar a sus derechohabientes esposa e hijos menores de 19 años

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Hola David, les corresponde una pensión vitalicia a la viuda y a los hijos hasta que cumplan 25 años.

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¡¡Quisiera saber, mi papá falleció hace 2 años, no era casado con mi mamá!! ¡¡Ahora yo tengo 26 años y estoy estudiando!! soy hija última a mis otros hermanos no los conozco a quiero saber si puedo cobrar sus aportaciones?

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Hola Danisia, a la que le corresponde una pensión vitalicia es a tu mamá como su cónyuge, cuando los hijos cumplen 25 años dejan de ser beneficiarios.
Te recomendamos ayudar a tu mamá para que le den la pensión por viudedad, puede hacerlo, aunque no se casaron.

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Buenas noches tengo una consulta: Mi hermano mayor falleció y aportaba en AFP Previsión, quisiera saber los requisitos para recoger sus aportes pues cuando estaba vivo me dijo que me había puesto como única heredera

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Hola Veronica, si tu hermano tenía hijos o cónyuge ellos son los derechohabientes de primer grado, es decir a ellos les corresponde tener el beneficio de una renta.
Si no tenía cónyuge o hijos, los padres siguen en orden de prelación, por lo que nos dices es posible que él te declaró como derechohabiente de tercer grado.
Puedes pedir una consulta sin costo para conversar sobre tu caso al siguiente enlace

Contacto Planifica

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Señores Planifica Consultores, quiero consultar sobre una familiar que percibe renta del SENASIR y ella tiene un hijo con 75% de invalidez, necesito saber si en el caso de fallecimiento de ella puesto que es bastante mayor, él podría tener acceso a esa renta y si es así como debería hacer el trámite ya que él vive con ella y no podría hacerlo.

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Hola Frenando, es necesario saber si declaró a su hijo en el SENASIR al momento de recibir el beneficio.
Puedes ingresar a este enlace para darnos los detalles y uno de nuestros asesores te responderá.

Contacto Planifica

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Mi tía acaba de fallecer aporta a esta AFP ella esta legalmente casada no tiene hijos a su esposo que le corresponde solicitar disculpe Gracias…

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Hola Fátima, escribiste a Planifica Consultores pero igual podemos ayudarte porque nos especializamos en ayudar a las personas en estos temas.
Tu tío tiene derecho a una pensión de viudedad, que debe tramitar en la AFP donde aportaba tu tía.

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Buenas Tardes mi mamá falleció hace 2 meses ella era jubilada del anterior sistema de reporte donde podemos cobrar los gastos funerarios? Y los hijos mayores de 25 tienen derecho a recibir su renta ?

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Hola Gloria, sentimos tu pérdida.
Te recomendamos ir a la AFP para que orienten donde ir y que requisitos presentar
En relación a tu segunda pregunta, los hijos mayores a 25 años ya no pueden ser beneficiarios, solo en caso que tengan algún grado de invalidez declarado antes de que el titular se jubile.

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Buenos días, quería hacerles una consulta. Al parecer mi suegra cuando su esposo falleció no hizo ningún trámite ni nada cuando su esposo falleció. Pero al parecer su Esposo aportaba a las AFPS. Quisiera saber si hay la posibilidad de que pueda solicitar la devolución de esos aportes o reclamar algo de ese dinero, siendo que ya pasaron unos 15 años aproximadamente. Mi suegra es una señora de 63 años aproximadamente y nunca se informó al respecto de los aportes de su esposo, por lo que ella tiene la duda y como está necesitada de dinero tal vez sea una ayuda.

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Hola Hans, hay un tiempo límite para hacer este trámite pero si nos escribes a este enlace para poder ayudarte y conversar directamente contigo, podremos analizar el caso de tu suegra.
Esta cita no tendría costo

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Buenas noches si me jubillo y no cuento con una pareja y después me caso, mi esposo tiene derecho a mi pensión una vez que fallezca

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Hola Silvia, eres una de nuestras seguidoras un gusto saludarte

Si cuando una persona se casa cuando esta jubilada y fallece su actual cónyuge recibe la pensión de viudedad

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Buenos días. Tengo una pregunta.
Mi abuelo falleció ayer el aportaba afp y mi madre es su única hija de él, le corresponde algún beneficio?
Mi abuelo ya era jubilado

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Hola Julio, cuando la persona jubilada fallece el único beneficiario es el cónyuge (puede o no estar casados). Si no hay hijos menores a 25 años.

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Mi madrastra tuvo 6 años de casada con mi padre que falleció, habiendo trabajado mas de 40 años, le corresponde a la viuda los beneficios y otros aportes o solo le corresponde un monto de acuerdo a los años de casada

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Hola Edme, al cónyuge le corresponde una pensión vitalicia cuando el jubilado o asegurado fallece y a los hijos menores de 25 años hasta que edad

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Buenos días una consulta mi padre falleció y aporto por 24 años a la AFPS y él no estaba jubilado seguía aportando y el está divorciado y sus hijos somos mayores se puede pedir la devolución de sus aportes gracias.

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Hola Pablo, si es posible pedir la devolución de estos aportes, es importante que busques asesoramiento para analizar tu caso y ver si cumples con todos los requisitos porque cada caso es particular.

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Enviude en el 2005 cobro hasta la fecha pensión por muerte de mi esposo. Me volví a casar en 2013 y aun sigo cobrando esa renta.
Leí que salió una ley en el 2010 que las viudas que contraen matrimonio no pierden derechos.
Pero hace unos días una amiga abogada me dijo que están notificando a las viudas que contrajeron matrimonio. Para que devuelvan esas rentas y las califican como deudas al estado. Es cierto? Que debo hacer?

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Las personas que, como cónyuges, ya cobraban una pensión por muerte antes del 10 de diciembre de 2010, y se vuelve a casar (antes o después de esa fecha), pierden el derecho a seguir recibiendo la pensión y la devolución de todo lo cobrado desde que se vuelve a casar.

En los casos que esa pensión es cancelada por el Senasir (Sistema de Reparto), esta institución inicia las acciones legales para garantizar la devolución total, y si son consideradas deudas con el estado

Respuesta en el blog

Hola Layda, de acuerdo a lo que nos cuentas puedes estar en la siguiente situación: las personas que enviudaron antes del 10 de diciembre de 2010, y se vuelve a casar (antes o después de esa fecha), pierden el derecho a seguir recibiendo la pensión.

Si este es tu caso debes devolver todos lo cobrado a partir de la fecha en la que te casaste. En los casos que esa pensión es cancelada por el Senasir (Sistema de Reparto), esta institución inicia las acciones legales para garantizar la devolución total, y si son consideradas deudas con el estado.

Si este nos es tu caso y enviudaste después del 10 de diciembre del 2010, la normativa es diferente.
Te recomendamos buscar asesoramiento lo más pronto posible, si gustas hablar con uno de nuestros expertos puedes ingresar a este enlace
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Mi padre falleció a fines de enero 2021, el había estado desempleado todo el año pasado, trabajaba en gobierno, pero retomó 3 meses enfermó de COVID y murió, mi pregunta es cómo puedo saber si tenia fondos de ahorro de AFP? en que banco? el tenia una familia nueva, ese dinero les corresponde a ellos únicamente o también a mi? saludos y agradezco de antemano cualquier orientación, no estaba legalmente casado en concubinato.

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Hola Jerónimo, sentimos mucho tu pérdida.
La viuda y los hijos menores a 25 años tienen derecho sobre el capital acumulado del aportante, para saber el estado de los aportes de tu papá debes apersonarte a las oficinas de la AFP en la que aportaba.

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Mi suegra falleció en 2013, mi marido falleció en 2017 con el tengo una hija de 4 años. Actualmente la renta de mi suegra la cobra mi suegro(su esposo) pero es esta juntado con otra mujer(aún no están casados). Mi pregunta es, ¿puede mi hija cobrar esa renta?

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Hola Dayana, los beneficiarios para una pensión cuando un jubilado fallece, son el cónyuge y los hijos menores a 25 años, como veras no alcanza a los nietos.
Tu suegro pude seguir recibiendo la renta como beneficiario.

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Una pregunta. Estoy aportando a las AFP 2 años pero ya no quiero aportar mas porque el sueldo se me reduce con el aporte. sera que puedo sacar todo lo que aporte de los 2 años.

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Hola Francisco, de acuerdo la la ley de Seguridad Social 065 vigente en Bolivia, los aportes de todo trabajador bajo dependencia laboral son obligatorios, en caso de no cumplir con esta ley la empresa es sancionada.

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Una consulta por favor, mi primo falleció con 40 años de trabajo, tiene dos hijos del primer matrimonio y se caso nuevamente, la viuda con cinco años de casada tiene derecho a benéficos sociales en un 50% o es porcentual a los años de matrimonio .gracias de antemano

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La viuda y los hijos menores a 25 años tienen derecho a una pensión por muerte, que se otorga de forma porcentual entre todos los beneficiarios.
Es decir a la viuda le corresponde el 50% de la pensión por muerte y el resto se divide entre todos los hijos menores a 25 años.

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Mi esposa fallecio asi 2 semanas yo soy su concubino asi 4 años pero ella tiene un hijo de 18 años aquien toca o aquien combiene el cobro

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Hola Martin, sentimos mucho tu pérdida.
Si tu esposa aportaba a la AFP en Bolivia, al cónyuge y a los hijos menores de 25 años le corresponde una pensión.
Les recomendamos que tu y el hijo de tu esposa vayan a las oficinas de la AFP en la que aportaba tu esposa y soliciten iniciar el trámite de los beneficios.

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Disculpen; tenga la siguiente consulta: Una persona recién jubilada, que recibe pensión de vejez, sin esposa, los hijos mayores a 25 años; que puede hacer para que en caso de fallecer a poco tiempo de estar jubilado, no se pierdan todos los aportes que tuvo? Gracias.

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Hola mi padre falleció ..y queremos retirar su aporte ..pero tenemos una hermana menor de edad 15años ..será que podemos retirar

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Hola Juan, cuando un aportante fallece los derechohabientes de primer grado tienen derecho a una pensión:
– El cónyuge a una pensión vitalicia
– Los hijos menores a 25 años, una pensión hasta que cumplen dicha edad.
Puede leer la información ampliada en este enlace

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Muy buenas tardes mire yo tuve una hermana que aportaba a las AFP´s desgraciadamente mi hermana no tuvo hijos ni esposo por lo que tengo entendido pasaria por orden sucesorio a mis papas pero fallecieron de igual manera por ende pasa esos aportes a nosotros los hermanos quisiera saber como tengo que proceder porque fui a AFP futuro me dijeron que esperara 3 años para adelante y recién podría hacer algún reclamo o tramite quisiera que me aclare esta situación bueno comentarle que también ya tenemos una declaratoria de herederos

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Hola Juan, de acuerdo a lo tiempos de plazo administrativa es lo que normalmente se espera, pero para darte un repuesta exacta en base a tu caso se debe hacer una análisis del cada caso en particular.
Si quieres te puedes contactar con un asesor para una cita de avaluación de tu caso sin costo en este enlace
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Buenas tardes una consulta.. Mi papa falleció a sus 61 años y recibía una pensión de invalidez y ya estaba tramitando su jubilación al fallecer se pierde esa pensión de invalidez ?? o existe la manera de que mi mama pueda cobrar esa pensión de invalidez y si es posible que pueda recibirlo en un solo pago los 3 años que le faltaban del pago de esta pensión

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Hola María, a tu mamá le corresponde una pensión de viudedad en base a la renta que recibía por pensión de invalidez.
En la fecha en la que tu hubiera cumplido 65 años, el beneficio de tu mamá como viuda será una renta en base a la jubilación de tu papá.
Para eso se debe seguir un trámite admirativo en la AFP unos dos meses antes de la fecha, para que no le corten la renta a tu mamá.

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Hola tengo una duda. Actualmente estoy trabajando en el magisterio como profesor y tengo 63 años, me jubilaré este 2021. Tengo esposa y un hijo con discapacidad que está a mi cargo. Ahora me pregunto ¿Qué tengo que hacer para no dejar desamparado a mi hijo cuando yo muera? mi hijo tiene 28 años.

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Hola Wilmer, debes aproximarte a la AFP para seguir el proceso administrativo para que tu hijo con capacidades diferentes quede cubierto.
La Pensión por Muerte para los hijos con capacidades diferentes, cuya invalidez haya sido antes de cumplir los 25 años, también es vitalicia.

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Buenas tardes….mi consulta , mi padre falleció este 20 de mayo era profesor jubilado por la AFP pero activo dentro el magisterio no culmino el tramite de jubilación por SENAISIR es decir solo cobraba la fracción de saldo acumulado de la AFP y no así la compensación de cotizaciones mensual y tampoco la fracción solidaria de vejez que tramite debo hacer para la devolución de estos aportes …..de antemano le agradezco

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Hola Delia, si el fallecido y era menor de 65 años, y como seguía trabajando, la esposa deberá iniciar el trámite de Pensión por Muerte por Riesgo Común en la AFP en la que aportaba en Bolivia, así el monto el monto de pensión es más alto.

En caso de que no haya esposa, el trámite para solicitar estos beneficios de los aportes a la AFP, lo debe hacer alguno de los hijos menores de 25 años que siga estudiando.

En caso de que el fallecido hubiera tenido 65 años o más, deberá solicitar la Pensión por Muerte derivada de Pensión de Vejez, en la AFP en la que aportaba en Bolivia.

Y deben hacer lo antes posible el trámite de Compensación de Cotizaciones.
Si quieres comunicarte con nuestros expertos, ingresa a este enlace

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Hola buenas noches tengo una consulta somos dos hermanas de 19 y 22 mi madre aportante fallecio en un accidente antes de jubilarse q nos corresponderia se puede pedir la devolucion de sus aportes? gracias

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Hola Dania, sentimos mucho su pérdida.
En referencia a tu consulta tienen dos alternativas:

1. Solicitar la Pensión por Muerte, que les pagarían hasta que cumplan 25 años, siempre y cuando demuestren que siguen estudiando.

2. Esperan que se cumpla 3 años del fallecimiento de tu mamá, y solicitar la devolucion de sus aportes como Masa Hereditaria, para lo cual tienen que presentar la declaración de herederos.

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Dos preguntas: ¿Por qué tienen que esperar 3 años los herederos para retirar el total de los aportes de un fallecido sin jubilarse? Y la otra pregunta, es si el retiro de los aportes de 1997 en SENASIR y después de ese año en AFP, ¿se juntan o tienen que hacer distinto tramite?

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Hola Claudia, la normativa señala que el plazo prudente para que se presenten todos los beneficiarios es de 3 años.
Puedes acceder a este enlace para hacer una evaluación de tu caso en particular en el siguiente enlace:

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En referencia a los aportes antes de que la AFP en Bolivia inicie sus funciones, si son dos instituciones diferentes y las gestiones en el SENASIR es independiente.

Tambien podemos evaluar sin costo esta gestión en el SENASIR, si ingresas a este enlace
Contaco Planifica

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Hola Claudia, la normativa señala que el plazo prudente para que se presenten todos los beneficiarios es de 3 años.

Puedes acceder a este enlace para hacer una evaluación de tu caso en particular en el siguiente enlace
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En referencia a los aportes antes de que la AFP en Bolivia inicie sus funciones, si son dos instituciones diferentes y las gestiones en el SENASIR son independientes.

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Una pregunta soy soltero aporto 5 años a las afp pero que pasa si muero por una enfermedad terminal

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Hola Jose, si tus padres estan vivos pueden solicitar la devolución del capital acumulado en tu cuenta individual.
Si estas pasando por esta dificultad tambien puedes solicitar una pensción por riesgos.

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Buenas, mi papá falleció la anterior semana por covid19, el era desempleado pero aporto desde 1998 hasta 2012, se volvió a casar y tiene dos hijos uno de 4 años y el otro de 9, el antes de su fallecimiento quería retirar los aportes de esas gestiones pero ahora con el fallecimiento que opciones tendrían su esposa y sus hijos ??

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Hola William, la viuda debe iniciar el trámite de Pensió por Muerte, sin embargo cuando les vayan a notificar les dirán que no pueden acceder a una pensión por falta de cobertura.
Ante tal situación la opción que les darán es la devolución del total del capital

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Buenas tardes , una consulta por favor, como podria hacer para retirar todo el aporte de la AFPs de mi padre de que fallecio el año 2020 y hasta la fecha no encuentro una respuesta por parte de la entidad, todos somos mayores de 25 años y quisieramos retirarlo todo.

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Hola Jimena,

Por favor nos puede aclarar si tu papá estaba jubilado al momento de su fallecimiento.

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Buenos días, tengo una consulta, mi papa falleció en marzo de 2019 con 71años, antes de eso intento jubilarse pero no pudo hacerlo por dos razones: para jubilarse le pedían la última boleta de pago de la empresa donde trabajo o un certificado de que trabajo en esa empresa (supongo también el tiempo que trabajo), pero él no tenía ninguna boleta porque lo perdió y la empresa no podía darle una copia de esa boleta por que según ellos el edificio donde guardaron el documento se inundó y ya no tenían los papeles y ellos no le querían extender nada a mi papá, ni un certificado, ni nada. Aun así, mi papa tiene algunos documentos de la empresa con su nombre que demuestran que si trabajo ahí. La segunda razón es porque el solo trabajo 5 años, le faltaban aportes, empezó a completar con su propio dinero lo que le faltaba, no mucho, deposito al fondo unos 1000bs.

la cuestión es que no pudo conseguir ese certificado de la empresa que le exigían para hacer el trámite, y tampoco pudo completar los aportes por que se enfermó con cáncer y no tuvo tiempo para continuar con el trámite, después de unos meses murió.
ahora mi mamá, se enteró que existe la pensión por ser viuda y quiere empezar el trámite, pero por los problemas que tuvo mi papá, está un poco desanimada, mi pregunta es: si comienza el trámite imagino que para que pueda acceder a esta pensión primero tenemos que arreglar los problemas que tenía mi papa. ¿Hay alguna manera de obligar a la empresa para que le otorguen el certificado que le pedían?, es realmente un requisito indispensable la última boleta de pago o ese certificado?, en caso de que no podamos conseguir ese documento mi mama puede recuperar el dinero que aporto mi papa?, en caso de que consigamos ese documento, mi mama puede completar el dinero que faltaba y poder recibir una pensión por muerte o por ser viuda?

Además, he estado leyendo en internet y me sale en la búsqueda que para pedir esta pensión tiene un plazo de tres años, esto es cierto? si mi papa murió en marzo del 2019, tendríamos hasta marzo del 2022 para acceder a esta pensión? pero nosotros, ni siquiera mi mama hicimos la declaratoria de herederos, ese plazo empezara a correr desde que lo hagamos? o se retrotraerá? si es así y mi mama no puede terminar el trámite de mi papa o empezar el suyo, mi mama podrá recuperar el dinero? sé que mi mensaje es un poco largo, solo espero que me puedan ayudar para animar a mi mama para que realice el trámite si se puede hacer algo, somos tres hijas, solo una es mayor de edad, pero no queremos recibir dinero de esa pensión (en caso de que podamos hacerlo), solo queremos que mi mama pueda recibir algo cada mes ya que la situación está difícil. Les agradecería si me respondieran.

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Hola Shirley, la viuda puede presentar una declaración jurada donde indique los años en los que trabajó, el nombre de la empresa y el monto aproximado del sueldo que percibía. Para que puedan hacer el trámite de Compensación de Cotizaciones.
Este trámite lo puedes iniciar en el SENASIR.
En referencia a tus otras consultas puedes ingresar en este enlace para contactar con uno de nuestros asesores, para una evolución sin costo del caso de tu familia.

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Buenas tardes, si un trabajador ya cumple mas de 60 años y sigue en el trabajo y no se jubila aun y sigue aportando a las AFPs, esos aportes son tomados en cuenta?

otra pergunta, los derechohabientes pueden solicitar la devolucion de los aportes por ejemplo unos 20.000 bs en uno (considerando que el trabajador hizo los aportes mas de 30 años)

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Hola Fred, mientras el trabajador no esta jubilado la empresa empladora esta obligada por ley a aportar por este trabajador independientemente de su edad.
A los derechohabientes de primer grado viuda o viudo y los hijos menores a 25 años, les corresponde una pensión por muerte.

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Buenas tardes, tengo una consulta, recibo pension por muerte por parte de mi papá, tengo 22 años ; si me caso ahora perderé el derecho a la pensión?

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Hola Kritel, pierdes la pensión solamente en caso de no presentar el certificado de estudios, te suspenden el pago. No pierdes la pensión si te casas.

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Otra consulta mi madre falleció el año 2005 a lo que tengo entendido aportó en la AFP… Aun podemos retirar sus aportes o ya es muy tarde… Que opciones hay?

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Kristel, respecto al capital que tenía tu mamá, la posibilidad de solicitar la devolución como herederos, prescribe a los 10 año

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Muy buenas, mi mamá falleció por covid 19 hace dos meses y a causa de que estuvo en terapia intensiva tuvimos q recurrir a grandes préstamos, somos 3 hijos ya profesionales y mi papá se declaró heredero, mi Consulta es podemos retirar todos los aportes que mi mamá hizo y en cuanto tiempo, ya que tenemos la urgencia de pagar los préstamos que hicimos a causa de su enfermedad, ella llego a cotizar algo cerca a 105,000 bs.

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Hola Mauricio, sentimos mucho tu pérdida.
Si tu mamá seguia aportando al momento de su fallecimiento, lo que corresponde es una pensión vitalicia para tu papá y el seguro de salud en el que estaba afiliada.
Si tu mamá ya no aportaba y por lo delicado de la información preferimos que entres en contacto con uno de nuestros asesores en el iguiente enlace
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Hola si mi padre falleció y aportaba a las afps pero no se jubilo me corresponde algo? soy mayor de 25 y mi padre era divorciado.

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Hola José
De acuerdo a la normativa vigente, los herederos si no hay viuda o hijos menores a 25 años o un cónyuge ( conviviente ), pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo, puedes escribir al asiguiente enlace
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Buenos días, quisiera consultar sobre el derecho que tiene una viuda con 2 hijos si su esposo fallece y ambos aportan activamente a las AFP’s

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Hola Daniela, el conyuge del fallecido tiene derecho a una penissión por viudedad y los hijo menores a 25 años, esta pensión se ditribuye de forma porcentual entre todos los benficiarios

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Buenos dias, tengo mi prima que enviudo a principios de años que actualmente ya esta cobrando la pensión vitalicia de viudez para ellas y sus dos hijos menores de 25 años, mi consulta es que si ella comienza a trabajar y por tanto comienza a aportar a la AFP esto afecta su pensión, de que manera puede afectar su condición laboral y aportante en su pensión de viudez, lo mismo con la empresa que la contrata y quiere asegurarla a un seguro de salud considerando que ella ya cuenta con un seguro en el cual estaba asegurada durante la vida de si esposo y es distinto del que maneja la empresa en la que trabaja. Gracias de antemano por la respuesta. Saludos

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Hola Daniel, tu puede recibir la Pensión por Muerte y su sueldo al mismo tiempo.

Y cuando le corresponda jubilarse, podrá seguir cobrando la Pensión por Muerte y también su Pensión de Vejez.

En referencia al seguro de salud, tiene que solicitar a la AFP la suspensión temporal del descuento del 3% para salud, y así poder afiliarse a la Caja de Salud que aporta la empresa donde está trabajando.

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Buenas tardes, quisiera hacer una consulta, mi padre falleció en mayo de 2021 y el era militar jubilado desde el 2007, recibía su pensión mediante la AFP Prevision, el no declaro ningún derecho habiente y todos sus hijos son mayores de 25 años y estaba divorciado, que pasa con todos sus aportes, se puede hacer algún tipo de tramite para tener algún beneficio de los aportes que realizo durante 30 años, quisiera por favor saber si se puede recuperar algo o esos aportes pasan directo al estado. gracias.

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Hola Alfred, de acuerdo a la normativa vigente, los herederos si no hay viuda o hijos menores a 25 años o un cónyuge (conviviente), pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo para acceder a esta evaluación puedes escribir al siguiente enlace
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Hola mi cuñada falleció por covid y aportaba a la AFP, ella tenia 40 años, tiene una hija de 15 años y otro de 8 y bueno su esposo, quería saber si ellos perciben alguna renta porque ella falleció, y que deben hacer?

Muchas gracias

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Sentimos tu pérdida, en estos casos corresponde que el esposo se aproxime a las oficinas de la AFP en la que aportaba tu cuñada con toda la documentación respectiva que acredite su identidad y la de tu cuñada y el certificado de defunción, si quiere ahorrar tiempo también puede llevar la documentación de sus hijos.
Debe solicitar los beneficios como derechohabientes, que consisten en una pensión vitalicia para el esposo y una pensión para los hijos hasta que cumplan 25 años, si siguen estudiando; el beneficio también incluye el seguro de salud en el que estaba afiliada tu cuñada.

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Si tengo diabetes tipo 1 hace 35 años , hay la posibilidad de que me den un cierto grado de invalidez, que debo hacer?, yo tengo 50 años me faltan 7 para jubilarme, tengo una sola hija

Gracias

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Hola Mónica, es fundamental hacer un análisis previo de su caso en base a toda la documentación médica e información, que de acuerdo con tu caso consideremos pertinente.
Con gusto podemos agendar una hora en la que te llamemos para evaluar si puede acogerse a este beneficio en este enlace
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Tambien puedes revisar este gráfivo para enterearte más sobre tus beneficios

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¿Buenos días quería consultar lo siguiente aporte durante más de 16 años aporte a la AFP no estoy aportando por el momento que pasa con mis aportes si muero, puede mi esposa tener el seguro de viudez? además tengo dos hijas menores de 15 años y si me puedo jubilar con esa cantidad de aportes cuando tenga la edad.
Gracias por la atención

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Hola Jorge, cuando un asegurado fallece si no tiene 18 aportes en los últimos 3 años, pierde la cobertura. Si fuera el caso, los derechohabientes pueden solicitar la devolución total del capital del titular fallecido.
Par poder saber si te podrás jubilar con el aporte que tienes a la AFP en Bolivia es imprescindible hacer una proyección financiera de Jubilación.

Si quieres más información sobre esta proyección financiera puedes ingresar en este enlace

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¿Buenos días, mi consulta mi suegro es jubilado no tiene ya hijos menores de 25 años y es Viudo que pasa con sus aportes cuando fallezca?

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Hola Carol,
Si el beneficiario estaba jubilado por el antiguo sistema, al fallecer y no tener una viuda o hijos menores a 25 años, deja de haber cobertura para cualquier otro familiar.
Si tu suegro se jubiló mediante el nuevo sistema de jubilación administrado por las AFP’s, es necesario saber si al monto de jubilarse declaró beneficiarios de tercer grado. podemos ayudarte a verificar si el realizo esta declaración.
Si quieres tomar esta oportunidad podemos hacer una evaluación sin costo de tu caso, solo debes ingresar a este enlace para contactarte con uno de nuestros asesores directamente
Quiero un asesor

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Una consulta mi hermano fallecido y bueno se casó con una jovencita que no estuvo con él al momento de fallecer, que se puede hacer para que la señora no pueda percibir este beneficio, ¿tiene un hijo menor de 18 años y bueno tanto mi mamá como mi sobrino pueden ser beneficiarios?

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Hola Soledad, de acuerdo a las leyes vigentes solamente los beneficiarios de primer grado pueden recibir la pensión por muerte (hijo menores a 25 años y cónyuge).
Es decir a la viuda y al hijo les corresponde una pensión por el fallecimiento de tu hermano.
Si el hijo no es hijo de la viuda actual un familiar como: abuelos o tíos pueden ser los tutores del menor de edad hasta que cumpla 18 años, desde los 18 a los 25 (siempre que siga estudiando) puede cobrar directamente sin la intervención de un adulto.
Les recomendamos que se vayan a la AFP lo más pronto posible para iniciar esta gestión.

Puedes informarte de cómo se administran los aportes en este enlace
Normas Básicas de los aportes a la AFP

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Un favor mi hermano fallecido con COVID y aporto varios años a la AFP, sin embargo dejo de aportar más de 12 meses por que lo cesaron de fuente laboral y falleció…dejo dos hijos menores de diez años y una esposa les corresponde algún beneficio…en la afp le dijeron que le pueden devolver sus aportes pero no le corresponde ningún beneficio continuo para sus hijos ni para ella …eso está bien …….por favor una ORIENTACION

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Hola hugo, para poder darte una respuesta correcta es importante saber cuántos años aportó tu hermano, si quieres conversar con uno de nuestros asesores sobre tu caso puedes ingresar a este enlace
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Esta cita no tiene costo

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Buenas tardes, por favor una consulta: es necesario tramitar e identificar a los derecho habientes en las AFP´s, o es automático en los casos en que una persona muera y los familiares en primer grado quieran cobrar los aportes o beneficios? muchas gracias

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Hola Fredy, los derechohabientes en primer grado pueden solicitar los beneficios presentando la documentación que lo acredite como tal, pero es mejor que el asegurado declare a sus derechohabientes y haga actualizar sus datos en la AFP.
Te invitamos a revisar este gráfico en el que pudes ver cómo se administran los aportes a la AFP en Bolivia.

LAS 4 NORMAS BÁSICAS DE LOS APORTES A LA AFP (SIP)

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Hola mi mamita acaba de fallecer con cáncer fui a la afp para retirar sus aportes y no me dejaron porque dicen q debo esperar 3 años en caso de q haya nuevos herederos lo cual me parce algo ilógico siendo mi hermana y yo sus únicas hijas es correcto eso puedo apelar a eso? por favor ayúdenme, mi hermana, y yo estamos solas

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Hola Mary, sentimos tu pérdidia; si tu y tu hermana son menores a 25 años corresponde una pensión hasta que cumplan la edad y esto debe ser inmediato.
Si son mayores a 25 años de acuerdo a la norma se debe esperar 3 años, por ejemplo si tu papá o su pareja esta viva y no se divorciaron a el le corresponde un apensión por viudedad vitalicia.
Si no es el caso ustedes pueden solicitar la devolución de sus aportes como derechohabientes.
Puedes aceder a este enlace para una consulta sin costo para que uno de nuestros expertos evalue tu caso

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Hola Mary, sentimos tu pérdida; si tú y tu hermana son menores a 25 años corresponde una pensión hasta que cumplan la edad y esto debe ser inmediato.
Si son mayores a 25 años de acuerdo a la norma se debe esperar 3 años, por ejemplo, si tu papá o su pareja está viva y no se divorciaron a él le corresponde una pensión por viudedad vitalicia.
Si no es el caso ustedes pueden solicitar la devolución de sus aportes como derechohabientes.
Puedes acceder a este enlace para una consulta sin costo para que uno de nuestros expertos evalué tu caso
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Hola, buenas tardes quisiera saber si me corresponde algun beneficio.?
Mi papa fallecio el 19 de septiembre y era jubilado tenia 78 años
Pero yo tengo 25 áños cumpli en febrero pero sigo estudiando y dependia de el
Por otro lado los gastos funerarios los tramito en la afp o en renta dignidad, o en los dos? Tengo es duda

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Hola Jhaneth, para poder darte una respusta es importante saber si tu papá se jubiló mediante la AFP o en el antiguo sistema.

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Mi esposo falleció por COVID, y cuando quise tramitar para la pensión por muerte, solo me quisieron dar el 70% ¿a qué se debe eso? y como puedo solicitar un 100 %

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Hola,mi papá acaba de fallecer, no estaba casado con mi mamá,yo tengo 18 años y estoy estudiado,quisiera saber si a mi o a mi mamá le corresponde la pensión vitalicia?

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Hola Camila, si tu papá aportaba a la AFP en Bolivia, a tu mamá le corresponde una renta vitalicia por ser su cónyuge y a ti hasta que cumplas 25 años siempre y cuando sigas estudiando.
Si tienes hermanos menores a ellos tamabien les corresponde una pensión de veneficiarios hasta que cumplan 25 años.

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Buenas noches disculpen tengo una consulta mi papi falleció el 18 de noviembre de 2021 la cuestión es que el no logro jubilarse y no recibió nada de sus aportes, no se casó con mi mami y somos dos hermanas ambas mayores de edad, solo que fuimos a averiguar nos indicaron que podemos pedir la devolución del capital, pero los plazos nos hicieron dudar no se si me podría ayudar con los tiempos y requisitos para solicitar la devolución.
muchas gracias espero su respuesta.

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Hola Ligia, de acuerdo con a la normativa vigente si tu papá aportaba a la AFP en Bolivia tu mamá como su cónyuge tiene derecho a recibir una pensión por viudedad vitalicia, el seguro médico de la caja de salud a la que tu papá estaba afiliado.
A pesar de no estar casados ella como conviviente tiene todos los derechos como esposa.
Si tienes hermanos menores a 25 años ellos también deben recibir una pensión hasta cumplir esta edad.
Si quieres contactarte con alguno de nuestros asesores puedes ingresar en este enlace
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Una consulta yo soy mayor de edad y mi padre aporto los 35 años de servicio de su trabajo y llego a fallecer apenas el cobro tres meses de sus afps y posterior mi madre falleció a los 4 días mi consulta es todo este aporte durante los 35 años se pierde o hacen la devolución, aclarar que soy mayor de 25 años

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Hola Marcos, sentimos tu pérdida. De acuerdo con la normativa vigente, los herederos si no hay viuda o un cónyuge (conviviente), hijos menores a 25 años , pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.
Si quieres conversar con alguno de nuestros asesores para evaluar tu caso, puedes ingresar a este enlace
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La cita de evaluación no tiene costo.

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Hola, mi tío, acaba de fallecer vivíamos juntos él nunca se casó ni tuvo hijos, tengo dudas sobre los gastos funerarios el no cobraba AFP sino SENASIR cuales son los requisitos para el cobro y cuál sería el monto que recibiría, también hay algún beneficio que pueda recibir por parte de la renta que él tenía tengo más de treinta años, gracias.

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Hola María, para obtener los beneficios por gastos funerarios en Bolivia, si la persona fallecida recibía una pensión mediante el sistema antiguo de pensiones.
Deben hacer la solicitud de sus derechos por fallecimiento, en las oficinas de la Gestora pública de Seguridad Social a largo Plazo

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BUENAS.. ayuda por favor, mi madre falleció, no tengo padre, ella no tenia conviviente, sus hijos somos 3 todos mayores de 25 años el menor tiene 26. puedo recuperar los aportes que hizo mi madre? y si al respuesta fuera si ¿Cuánto tiempo dispongo para poder efectivo ese cobro?

Responder

Hola Ahmed, sentimos du pérdida.
De acuerdo con la normativa vigente, los herederos si no hay viudo o hijos menores a 25 años o un cónyuge (conviviente), pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria, siempre y cuando la persona no estaba jubilada

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo, para:

Determinar si puedes recuperar la masa hereditaria en un plazo menor a los 3 años

Podrás recuperar lo que por derecho les corresponde como herederos, lo más pronto posible dentro la normativa vigente.

Si necesitas más información puedes contactarte al correo
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Mi pregunta es la siguiente: Si mi abuelo falleció con 76 años y también ya había rebasado el tope máximo de aportes, pero fue viudo y tiene hijos mayores de 25 años, ¿se puede pedir la devolución total de sus aportes?

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Hola Carlos, sentimos tu pérdida
Si tu abuelito no estaba jubilado y tampoco tenía una cónyuge o conviviente, corresponde que los hijos soliciten la devolución de sus aportes.
Si estaba jubilado y tenía una cónyuge, a ella le corresponde una pensión por viudedad vitalicia.
Si no tenía una cónyuge y no estaba jubilado, los hijos pueden solicitar la Masa Hereditaria
Puedes solicitar una cita sin costo con uno de nuestros asesores para evaluar tu caso en el siguiente enlace:
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Mi papá ya es adulto mayor, que vivía en Cochabamba, ahora está viviendo bastante años en Santa Cruz, él indica – en Cochabamba- aportó como unos 10 años por el trabajo que tenía en un medio de prensa, pero que no tiene ningún documento que acredite su trabajo. Qué debe hacer al respecto.

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Hola María Victoria, Tu papá debe solicitar a la empresa periodística un certificado de trabajo, que indique cuando ingresó y cuando se retiró de la empresa, además de indicar que durante ese tiempo la empresa hizo los aportes de ley.
Ideal si le pueden certificar el total ganado de octubre de 1996. Si no estuvo trabajando ese mes, que le certifiquen el último mes completo anterior a octubre de 1996 en Bolivia.
Si la empresa ya no existe, que vaya a la Caja de Salud (Ente Gestor de Salud en Bolivia) donde estaba afiliado, y solicite fotocopias de los avisos de afiliación y baja.
En último caso, si no puede conseguir nada de lo anterior, que presente ante el SENASIR (suponemos que los aportes son del antiguo sistema), una declaración jurada indicando el nombre de la empresa y un aproximado entre qué años trabajó.
Para que así pueda intentar que le otorguen el Certificado de Compensación de Cotizaciones.
Puedes solicitar una cita sin costo para evaluar el caso de tu papá al siguiente enlace
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Buenas noches, tengo una consulta
Mi mamá si aportaba, Fallecio el 2017, soy menor de 25 años. Hace poco me enteré que puedo hacer el trámite para poder cobrar yo como hija única. Queria saber si hay algún tipo de retroactivo por estos años que pasaron.

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Hola Sared, sentimos tu perdida, la pensión por muerte se paga a partir de la fecha en que la AFP recibe la solicitud.
Te recomendados iniciar cuanto antes la solicitud de tus derechos como beneficiaria de una pensión por muerte de acuerdo con el código de Seguridad Social en Bolivia

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Hola Sared, sentimos tu perdida, la pensión por muerte se paga a partir de la fecha en que la AFP recibe la solicitud.

Te recomendados iniciar cuanto antes la solicitud de tus derechos como beneficiaria de una pensión por muerte de acuerdo con el código de Seguridad Social en Bolivia.

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Buenas tardes, nos llego a la empresa una NOTIFICACIÓN DE DICTAMEN E INFORMACIÓN DE REVISIÓN, por la solicitud de Pension por muerte, de una ex asegurada, ella se retiro voluntariamente de la empresa en OCTUBRE/2021, y lamentablemente fallecio en MARZO/2022, mi consulta ahora es ¿que tenemos que hacer nosotros como empresa ante esta solicitud?, puesto que nunca vimos este tramite.

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Hola Amy, sin verificar el contexto del dictamen que les envió la AFP en Bolivia, sería irresponsable darte alguna sugerencia.
Como esta información solo compete a tu empresa, puedes ponerte en contacto directo con uno de nuestros asesores en el siguiente enlace
Contacto Planifica

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Buenas tardes, en qué tiempo debo realizar el tramite de derechohabiente? Muchas gracias

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Hola Ruth, de acuerdo al código de Seguridad Social en Bolivia, el cónyuge y los hijos menores a 25 años pueden iniciar el trámite inmediatamente

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Buen día, quisiera saber por favor si como derechohabiente puedo hacer algún tramite en el SENASIR.
Mi padre falleció hace un mes, aproximadamente y era vuido. Falleció aun siendo aportante a la AFP y en su momento no hizo ningún tramite en el SENASIR, ya que el trabajó desde 1993 hasta 1998. Esos aportes hechos al anterior sistema, podemos recuperarlos haciendo algún tramite en el SENASIR? todos los hijos somos mayores de 27 años y nuestra mamá falleció hace muchos años; o es que ya no se puede hacer nada con esos aportes.

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Hola Fernanda, si tu papá no estaba jubilado y tampoco tenía una relación de convivencia, siendo los hijos mayores a 25 años pueden solicitar la devolución de la masa Hereditaria de la AFP.
Par determinar si se puede hacer esta solicitud es importante hacer una evaluación de su caso.
Pueden solicitar una cita sin costo con uno de nuestros expertos en el siguiente enlace
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Los aportes son como ahorros las afps son como bancos aseguradores de pensiones si fallecen se debe devolver todo en su totalidad. Ahora sí no fuese el caso un proceso a la institución sea nacional o transnacional y en lo posible colectiva ,o personal porque no se pueden perder esos ahorros de esos aportes, ahora con eso de la transición ala gestora del estado aún más no se debe permitir que estos se vayan a un fondo sin retorno.Un abogado Administrativo debe de asesorar transparentemente a él interesado al igual que la institución.

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Hola Alberto, precisamente Planifica Consultores cuenta con un equipo de Expertos en Normas de Seguridad Social en Bolivia.
Nosotros velamos porque los beneficios de los aportes al actual Sistema de Pensiones, sean recibidos por todos nuestros clientes.
En caso de fallecimiento de un aportante si se consideran beneficiarios: el cónyuge con una renta vitalicia y los hijos menores de 25 años, para solicitar este beneficio los interesados deben apersonarse a la AFP, y el proceso administrativo sigue su curso.

Para casos más complejos u observaciones, estamos dispuestos a servirlos con nuestro equipo de expertos.
En este enlace nos contactan de forma directa
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Buenas tardes, mi padre falleció a los 90 años era jubilado de la Policía boliviana, ahora mi madre debe cobrar la renta, cuales son los pasos para ese trámite

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Sentimos su pérdida Emilio, lo más recomendable es acercarse a la institución mediante la cual recibían la pensión de jubilación su papá, si se jubiló mediante el antiguo sistema deben ir a las oficinas del SENASIR en el departamento de Bolivia donde residen.

Si su papá estaba jubilado mediante las AFP´s en Bolivia, deben apersonarse en las oficinas de la AFP, mediante la cual le pagaban su pensión de jubilación, en Bolivia son las siguientes AFP Futuro de Bolivia y BBVA Previsión AFP.

En todos los casos te recomendamos que lleves a la mano todos los documentos de identidad de tu papá, incluido el certificado de defunción y también los documentos de identidad de tu mamá.

Es importante tomar en cuenta que de acuerdo a la normativa vigente en seguridad social a largo plazo en Bolivia, el plazo para solicitar el beneficio de pensión por viudedad es de 3 años a partir de la fecha de fallecimiento del asegurado

Esperamos haberte ayudado, puedes encontrar información adicional en: Beneficios de la Seguridad Social en Bolivia para Personas

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Buenas tardes, en cuanto tiempo se debe realizar el tramite de derechohabiente?

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Hola Ruth, si es para la viuda y los hijos es un trámite muy corto, que la viuda debe realizar personalmente.
Tienes alguna observación en tu solicitud?

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Mi papá falleció en 1996 y no era todavía jubilado, pero aporto cuando trabajaba en el magisterio y en la universidad de potosi, mi pregunta es si mi mamá aun podría cobrar sus aportes ahora q paso 26 años de su muerte.

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Hola Marcelo, de acuerdo a las normas de Seguridad Social en Bolivia los beneficiarios, en este caso tu mamá a la que le muy probablemente le correspondia un pensión por viudedad, tenia un tiempo máximo de 10 años para solicitar estos beneficios.

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Buenos días
Mi hermano falleció hace 3 años, el no tenía esposa ni hijos, tampoco nuestros padres porque fallecieron antes que el.
Lo más cercanos que quedamos somos sus hermanos.
En este caso que pasa con sus aportes?

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Hola Lidia, sentimos tu pérdida
Si tu hermano no estaba jubilado, se puede hacer una evaluación sin costo para verificar si la familia aplica para la devolución de la masa hereditaria de acuerdo con las normas de Seguridad Social en Bolivia.
Si el estaba jubilado, debido a que el no tenía beneficiarios de primer grado (cónyuge u hijos), ya no hay cobertura para otros miembros de la familia
Puedes contactarte con uno de nuestros expertos en este enlace Contacto Planifica

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Hola Lidia

Sentimos tu pérdida, trataremos de responder con la información que nos das que es poca

Si tu hermano estaba jubilado al no existir beneficiarios de primer grado (cónyuge, hijos, o incluso los padres), su jubilación pasa a un fondo de jubilados.

Si todavía no estaba jubilado es importante hacer el análisis del caso para ver si los hermanos podrían solicita el beneficio de Masa Hereditaria.

Puedes solicitar una cita de evaluación de caso en el siguiente enlace
Contacto Planifica

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Hola, una consulta mi esposo fallecio hace 3 meses y estoy haciendo mi tramite de pensión por muerte pero en la AFP me indican que me pueden dar pension de vejez por que segun me indican ellos no tienen cobertura de pago ya que el dejo de aportar desde el 2018, pero seguro trabajando en una empresa, la cual no hizo los aportes respectivos pero fui a hablar con la empresa y esta de acuerdo en hacer los pagos pendientes de acuerdo al arte. 98 y 99 de la ley de pensiones, esto puede ser posible? Gracias

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Hola Lorena, sentimos tu pérdida
La AFP (Administradora de Fondos de pensiones en Bolivia) no le pagará la Pensión por Muerte, hasta que la empresa cancele tanto la totalidad de los aportes en mora y hasta que la sanción por mora este cancelada.

Este porcentaje lo define la AFP en función a la cantidad de períodos en mora, tomando en cuenta la fecha en que tu esposo ingresó a la empresa.

El monto que debe pagar la empresa en mora por los aportes de tu esposo a la AFP, puede ser bastante significativo, ya que dependerá del total ganado que percibía antes de su fallecimiento.

Puedes solicitar la evaluación de tu caso en este enlace, la evaluación de caso no tiene costo
Contacto Planifica

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Una consulta una persona que no se jubilo pero aporto por 26 años y fallecio, ¿luego de su fallecimiento la esposa puede retirar sus aportes y tambien le dan su pension vitalicia?

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Hola Pamela
Los beneficios de la Seguridad en Bolivia y creo que en todo el mundo solo se pueden otorgar uno a la vez
Si un aportante fallece, lo primero que se hace es verificar si puede ser beneficiario de una pensión de viudedad (vitalicia).
Si as condiciones de los aportes a la AFP en Bolivia no están dadas, para que el cónyuge del fallecido no están dadas reciba el veneficio de una pensión vitalicia, entonces puede solicitar la devolución del capital acumulado.
Te recomendamos siempre buscar el asesoramiento de expertos, para obtener los mejores resultados de los beneficios de la Seguridad Social en Bolivia.
En resumen solo se pude obtener un beneficio de acuerdo a las normativa vigente.
Puedes solicitar una cita de evaluación de caso en este enlace
Contacto Planifica

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Mi esposa fallecio en marzo del 2019 en un accidente laboral, por lo cual vengo recibiendo su pension y para mis dos hijos… ahora si me vuelvo a casar ¿seguire recibiendo la pension para mi y mis dos hijos? o ya no recibo… soy Nicolas de Sucre- Boliva

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Si le corresponde una pensión de viudedad de por vida , el monto será prorrateado en porcentaje si todavía existen hijos menores a 25 años, la pensión por muerte, será prorrateada en forma porcentual entre todos los beneficiarios (cónyuge y todos los hijos fuera y dentro del matrimonio).

A los hijos les corresponde un porcentaje de la pensión hasta que cumplan 25 años, una vez que cada hijo cumpla 25 años, se case o empiece a trabajar la pensión por muerte total se vuelve a distribuir de manera porcentual entre los beneficiarios que cumplan los requisitos.

El monto total para los beneficiarios se calcula en base a los aportes declarados en la AFP en Bolivia.

Puedes obtener más información sobre tus derechos y beneficios en este enlace: Beneficios de la Seguridad Social en Bolivia para Personas

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SI VUELVO A CASARME SEGUIRE RECIBIENDO EL BENEFICIO DE PENSION POR VIUDEZ?

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Hola,tengo una consulta
Cobro los derecho ambientes de mi papá que falleció hace 2 años, tengo 21 años y se que solo puedo cobrar hasta los 25 años,mi duda es,si es que me caso o llego a tener mi hija antes de los 25,quisiera saber si aun puedo seguir cobrando el beneficio o se me anula por casarme o tener mi bebé?

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Hola Camila, sentimos tu pérdida.
El beneficio de derecho habiente de acuerdo con las normas de Seguridad Social a largo plazo en Bolivia, para los hijos o hijas, termina a los 25 años cumplido.
La AFP (Administradora de fondos de pensiones en Bolivia), procede a distribuir el monto de pensión asignado al momento de fallecimiento del aportante a la AFP o Jubilado, entre los derechohabientes que sigan cumpliendo los requisitos:
1. La esposa
2. Los hijos menores a 25 años

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Buenas tardes mi nombre es marcela, una consulta por favor… Mi padre tiene una deuda que paga mes a mes al banco y él aportó a la AFP por más de 35 años, la duda es si él llegara a fallecer la deuda puede cubrir la AFP o no cubre nada?

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Hola Marcela los beneficios por aportar a la jubilación en Bolivia en caso de fallecimiento del titular son los siguientes:
1.- Pensión de viudedad para el cónyuge
2.- Pensión por muerte para los hijos menores a 25 años que se otorga de forma porcentual, hasta que todos cumplan 25 años
3.- En caso de que el hijo tenga condiciones de salud por un accidente, enfermedad o accidente antes de cumplir los 25 años, y haya sido declarado ante la AFP, este hijo también tiene derecho a una pensión vitalicia.

En referencia a tu pregunta sobre los préstamos bancarios, no existe ninguna norma que establezca que cuando un jubilado fallece, el capital de sus aportes pasa a cubrir deudas con un banco.

Te sugerimos consultar en el banco que tu papá tiene el crédito, si tiene un seguro que cubre la deuda en el caso de fallecimiento.

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Mi papa aporto por 12 años a la AFP pero falleció que pasa con ese dinero?
Como hijos podemos solicitar la devolucion de esos ahorros

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Si todavía no ha pasado el tiempo límite para que la viuda y los hijos reclamen sus beneficios, lo que corresponde es lo siguiente:
Solicitar la pensión por muerte a la AFP en donde aportaba tu papá
De esa pensión le corresponde un porcentaje a la viuda y el otro porcentaje a los hijos menores a 25 años de edad.

Puedes encontrar todo el detalle de derechos y porcentajes en este post
¿Cuándo un jubilado fallece, que beneficios deja a su familia?

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Mi tío falleció ase un mes y el cuando trabajo en una empresa aportaba a la AFP y no tiene esposa ni hijos solo quiero saber si un familiar puede cobrar o ya no

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Hola Nataly, sentimos su pérdida.
De acuerdo con la normativa vigente, si no hay cónyuge (conviviente) o hijos menores a 25 años , pueden solicitar la devolución de la masa hereditaria.

Los derechohabientes de tercer grado

Somos una consultora especializa en asesoramiento de procesos administrativos y normativa legal en todo lo referente a la Seguridad Social en Bolivia ( AFP; SIP; SENASIR; Entes Gestores de Salud).

Y podemos hacer una evaluación de tu caso sin costo, para:

Determinar si puedes recuperar la masa hereditaria en un plazo menor a los 3 años
Puedes solicitar una cita sin costo para la evaluación de tu caso en el siguiente enlace
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Si tengo mi bebé y tengo 23 años aun puedo cobrar los derecho ambientes de mi padre fallecido, ya que soy la única que los cobra, o ya no me corresponde?

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Hola Camila, sentimos tu pérdida.
Si sigues estudiando y no te casaste puedes recibir la pensión por muerte del sistema integral de pensiones en Bolivia hasta tus 25 años
Esperamos que esta respuesta te ayude

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