LABORAL / RRHH

Planillas de asignaciones Familiares en Bolivia, cómo presentarlas

Cómo presentar Las planillas de las asignaciones familiares

Las planillas de las asignaciones familiares por el mes de enero 2019, se deben presentar de manera excepcional a la nueva institución rectora ASUSS, hasta el 28 de febrero; de acuerdo a la Resolución Administrativa 013-2019, del reglamento de fiscalización y control del régimen de asignaciones familiares y del subsidio universal y prenatal por la vida.

Nuestro objetivo es que conozcas cómo debes implementar en tu empresa los cambios a las reglamentaciones, en Planifica Consultores estamos seguros  que la información y la correcta aplicación de las normas, contribuye a una saludable economía financiera dentro de toda empresa.

En primer lugar empezaremos por definir quienes deben cumplir y hacer cumplir esta nueva regulación para las asignaciones familiares ( subsidios prenatal, natalidad, lactancia y sepelio) :

  ASUSS

  Servicio de desarrollo de las Empresas Productivas SEDEM

  Bono madre niño – niña Juana Azurduy

  Entes Gestores

  Instituciones Públicas (centralizadas y descentralizadas)

  Empresas privadas (jurídicas y unipersonales)

Este beneficio alcanza a todos sus colaboradores bajo contrato de dependencia laboral (independientemente de la modalidad).

¿Cuáles son las obligaciones del empleador a tomar en cuenta, para cumplir con la nueva reglamentación de las asignaciones familiares de acuerdo a la R.A. 013-2019?.

  1. Afiliar a su dependiente a un ente gestor de salud, en el plazo de 5 días hábiles.

  2. Depositar mensualmente a la distribuidora el monto de bolivianos 2.000.-( vigente a la fecha) de todos los trabajadores con derecho a asignaciones familiares (prenatal y/o lactancia)

  3. Hacer entrega a la persona beneficiaria, del pago en efectivo de bolivianos 2.000.-por subsidio de natalidad

  4. Hacer entrega a la persona beneficiaria, del pago en efectivo de bolivianos 2.000.-por subsidio de sepelio

  5.  Elaborar las planillas y boletas de subsidios

  6. Entregar las boletas de subsidios a las personas beneficiarias.

  7. Presentar a la ASUSS la planilla de asignaciones familiares, a partir de febrero, hasta el 10 de cada mes en formato digital y físico.

  8. Informar a sus trabajadores sobre sus derechos sobre asignaciones familiares.

Ahora entremos un poco más en materia, queremos ayudarte a conocer cúal es la documentación que debes presentar de acuerdo a cada asignación familiar.

Asignación Familiar prenatal:

Te damos una breve descripción del proceso que debes seguir, cómo se hace en Planifica Consultores para todos nuestros clientes, si eres una empresa que está en desarrollo te sugerimos tomar en cuenta este proceso, para no tener problemas que te generen pasivos laborales

  1.  Certificado de control prenatal otorgado por el E.G.S. (Caja de Salud), al que está afiliada.

  2.  El colaborador debe presentar el certificado de control prenatal a su empleador.

  3.  Elaboración de planillas de subsidios.

  4.  Entrega de la boleta de subsidio al colaborador.

  5.  Tomar en cuenta que la asignación de productos, equivale a Bs. 2000.-

  6.  El empleador debe hacer el depósito correspondiente, a la cuenta fiscal de la distribuidora autorizada.

Asignación familiar de Natalidad:

  1.  Se hace un pago único en efectivo de Bs. 2000.-

  2.  El recién nacido debe estar afiliado al ente gestor de salud, este trámite debe realizarlo el trabajador.

  3. El trabajador debe presentar el certificado de nacido vivo a la empresa

Asignación familiar por lactancia:

  1.  El trabajador debe solicitar el Certificado de control  del lactante, otorgado por el EGS.

  2.  Presentar al empleador el certificado de control.

  3. Elaboración de planilla de subsidio

  4. La asignación mensual de productos equivale a Bs. 2000.-, monto que debe ser depositado a la cuenta fiscal de la distribuidora autorizada.

Es importante señalar que este beneficio por asignaciones familiares de lactancia, tiene vigencia hasta que el lactante cumpla 1 año.

Asignaciones familiares por sepelio:

  1. El empleador debe hacer un pago único de Bs. 2000.- por el fallecimiento de cada hijo menor de 19 años.

  2. Para realizar este pago el trabajador debe presentar el certificado de defunción.

A la delincuencia del trabajador las nuevas normas de la R.A. 013-2019, establece las siguientes sanciones al empleador en caso de retraso o incumplimiento, del pago de las asignaciones familiares. En un plazo de 10 días de haber realizado la denuncia.

  • Por primera vez Bs. 5.000 y la regularización de los subsidios en un plazo de 20 días calendario.

  •  Por incumplimiento al pago por el punto anterior, se emite una nota de cargo por Bs. 10.000.- por vía coactiva social

  • Por reincidencia se gira nota de cargo por bolivianos 20.000.-, con un plazo de 20 días calendario para hacer la regularización.

  • El pago deberá hacerse a cuentas fiscales de la ASUSS.

Esperamos haberte dado pautas para hacer de forma correcta la presentación de planillas por asignaciones familiares hasta este 28 de febrero.

Como te prometimos al iniciar el post, tendremos una serie de artículos dedicados a la normativa para el pago de las asignaciones familiares en Bolivia de acuerdo a la nueva normativa establecida por la ASUSS.

Te esperamos en la siguiente entrega, si tienes comentarios son valiosos para nosotros.

39 comentarios en «Planillas de asignaciones Familiares en Bolivia, cómo presentarlas»

  1. Buenos dias ,mi consulta es recién acabó de entrar a una empresa y tambien recién me van a afiliar a la caja de salud,tengo una bebe de 8 meses y la empresa me dice que no puedo afiliar a mi bebe hasta que cumpla su 1 año,esto se puede hacer o es que me dicen eso para no darme el subsidio de los ultimos meses ,ayuda

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    • Hola, Grover, una vez que estes afiliado a la Caja de Salud en la que aporta tu empresa; tú puedes afiliar a tu esposa e hijos, para que reciban todos los beneficios que les corresponden como tus beneficiarios.
      De acuerdo a las normas de Seguridad Social a Corto Plazo en Bolivia

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  2. BUEN DIA
    CONSULTARLE, SI UNA PERSONA QUE ESTABA RECIBIENDO SUBSIDIO, Y SU HIJO MURIÓ CONTINUA RECIBIENDO EL SUBSIDIO?? O PAGÁNDOLE EL BONO DE DEFUNCIÓN SERIA LO ULTIMO??

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    • Hola, Carlos, los beneficios del subsidio de lactancia en Bolivia, son para madre, hasta la fecha en la que él bebe estaba vivo
      Si él bebe falleció corresponde el bono de defunción y termina el beneficio por pue ya no hay bebe lactante
      Hola, Carlos, los beneficios del subsidio de lactancia en Bolivia, son para madre, hasta la fecha en la que él bebe estaba vivo
      Si él bebe falleció corresponde el bono de defunción y termina el beneficio por pue ya no hay bebe lactante
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      Preguntas Frecuentes

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  3. Que pasa si el beneficiario no afilia al recién nacido dentro de los 30 días establecido en el Reglamento de Fiscalización y Control del Régimen de Asignaciones Familiares, y tres meses después de retirado de su trabajo este pretende que se le pague el subsidio de lactancia, dos meses de cesantia y su subsidio de natalidad. Le corresponde

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    • Hola, Erika, si tu trabajador no presento la afiliación del hijo debes partir desde ese punto para que puedas determinar cuáles son las acciones para seguir
      Planifica Consultores tienen más de 21 años de experiencia asesorando en Seguridad Social a Corto Plazo (Cajas de Salud, ASUSS), si necesitas la ayuda de un experto puedes contactarnos en este enlace
      Contacto Planifca Consultores

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  4. Buenos días quería preguntar :el pago de en especie y en dinero tienen carácter retroactivo o el pago se realiza desde la fecha que el empleado hace la solicitud

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    • Hola Gabriela,
      Para proceder con el pago del subsidio prenatal, el trabajador o la beneficiaria tiene que presentar el control prenatal que le extienda el médico, y ahí indica desde cuándo le corresponde.
      Para natalidad, primero el recién nacido debe estar inscrito como beneficiario del padre o de la madre, según corresponda, y con esa más el certificado de nacido vivo se presenta a la empresa para que el pago sea a la madre.
      La retroactividad no corresponde en los siguientes casos:
      1. Cuando el trabajador recién ingresa a trabajar, pero la esposa está con 7 meses de embarazo. En este caso, y previa presentación del control prenatal, el pago corresponde a partir de ese mes, porque el trabajador recién está iniciando su relación laboral
      2. Cuando el trabajador recién ingresa a trabajar, y tiene un niño de 6 meses. El pago de lactancia es a partir de ese mes. En este caso no procede el pago retroactivo porque el trabajador recién está iniciando su relación laboral. Y de acuerdo con normativa, las obligaciones son a partir de la contratación del trabajador.

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      • Una consulta si tengo mi bebe de 1 mes de nacido y mi marido recien esta por hacer contrato en un empresa !! Una vez que el tenga contrato puedo recibir supsidio de lactancia??

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        • Hola, karen, si puedes recibir el subsidio de lactancia.
          Pero primero tu esposo debe afiliarse a la Caja de Salud en la que está registrada la empresa en la que trabajará
          Luego debes afiliarte tú y tu Bebe, a partir de que estén afiliados podrán solicitar el subsidio de lactancia

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    • Hola Gabriela,
      Para proceder con el pago del subsidio prenatal en Bolivia, el trabajador o la beneficiaria tiene que presentar el control prenatal que le extienda el médico, y ahí indica desde cuándo le corresponde.
      Para natalidad en Bolivia, primero el recién nacido debe estar inscrito como beneficiario del padre o de la madre, según corresponda, y con esa más el certificado de nacido vivo se presenta a la empresa para que el pago sea a la madre.
      La retroactividad no corresponde en los siguientes casos:
      1. Cuando el trabajador recién ingresa a trabajar, pero la esposa está con 7 meses de embarazo. En este caso, y previa presentación del control prenatal, el pago corresponde a partir de ese mes, porque el trabajador recién está iniciando su relación laboral
      2. Cuando el trabajador recién ingresa a trabajar, y tiene un niño de 6 meses. El pago de lactancia es a partir de ese mes. En este caso no procede el pago retroactivo porque el trabajador recién está iniciando su relación laboral. Y de acuerdo con normativa en Bolivia, las obligaciones son a partir de la contratación del trabajador.

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  5. Buenas tardes, una amiga tiene 6 meses de embarazo y estaba asegurada en el seguro universal por lo tanto recibía subsidio prenatal, ahora su esposo entro a trabajar a una empresa privada como trabajador eventual con contrato por un año, ella podrá recibir subsidio prenatal por parte de la empresa de su esposo ? (obviamente una vez asegurada a la caja que le corresponde).

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    • Hola Ana, tu amiga puede recibir el subsidio prenatal si se afilia como beneficiaria de su esposo.
      Debe programar cita con el ginecólogo para que le emita su control prenatal, el cual debe ser presentado a la presente, junto con una fotocopia del C.I. de ella.

      Responder
    • Hola Ana, tu amiga puede recibir el subsidio prenatal si se afilia como beneficiaria de su esposo.

      Después de debe programar cita con el ginecólogo para que le emita su control prenatal, el cual debe ser presentado a la presente a la empresa, junto con una fotocopia del C.I. de ella.

      Responder
      • Buenas tardes, quisiera saber en casos se puede perder el subsidio de lactancia puesto que mi hijo no tiene todavía un año, pero quede embarazada nuevamente, ¿en este caso perdería el de mi hijo nacido? O del que estoy embarazada

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        • Hola Fabiola, te corresponde subsidio de lactancia por él bebe menor a un año hasta que cumpla la edad y subsidio prenatal a partir de los 5 meses de embarazo.

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    • Hola Ana, puedes recibir el subsidio prenatal si te afilias como beneficiaria de su esposo.

      Después de debes programar cita con el ginecólogo para que te emita tu control prenatal, el cual debe ser presentado a la empresa, junto con una fotocopia del tu C.I.

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  6. Buenos días, tengo una beneficiaria que su bebe nació el 09/08/2019 y su boleta de lactancia trajo a la empresa 17/10/2019 y en mes noviembre ingrese al sistema de SEDEM salio que tenia subsidio universal que recién dio baja en mes de diciembre 2019, cuantos subsidios de lactancia le corresponde???? en que normativa lo reviso??

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  7. Buenas tardes envié las planillas correspondientes antes del 10 de cada mes a la ASSUS no me responden como saber si se presentó o quizá el correo esta mal tuvieran el correo al que se envía la documentación y también si la presentación también debe realizarse de manera física

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    • Hola Eliza, debes realizar el envío en digital, tanto de las planillas como de la factura.

      Antes enviaban un correo confirmando la recepción.

      La única constancia que tienen las empresas es el envío mediante el correo electrónico.

      Ya no se hace la presentación en físico.

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      • Mui buenas noches. Una consulta el esposo de mi hermana trabaja en una empresa pero el le hizo a segura a su hijo pasando 2 meses después y ahora dicen que no pueden pagarles el bono de Bs.- 2000.- solo le dieron la boleta de subsidio esto es correcto.

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        • Hola Brenda, si tu hermana y su esposo pierden la natalidad, porque de acuerdo al Artículo 12 del reglamento de Asignaciones Familiares, una de las obligaciones es afiliar al recién nacido en un plazo no mayor a 30 días calendario del nacimiento.

          Responder
    • Hola Eliza, se debe realizar el envío en digital, tanto de las planillas como de la factura.

      Antes envidiaban un correo confirmando la recepción.

      La única constancia que tienen las empresas es el envío mediante el correo electrónico.

      Ya no se hace la presentación en físico.

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    • Hola Paola, corresponde pagar el subsidio de sepelio, que consiste en el pago en un desembolso único en dinero equivalente a Bs. 2000.- (Dos mil 00/100 Bolivianos), por óbito o fallecimiento de cada hijo/a menor a 19 años.

      Para percibir este beneficio el trabajador debe presentar una copia del certificado de defunción al empleador

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  8. disculpe, que pasa si por 4 meses no se reportó las planillas ni la factura al ASUSS, si se realizó el pago pero se omitió en envío al ASUS, existen alguna multa o se puede solucionar enviando lo que falta.

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    • Hola Alexandra, deben regularizar enviando la información, en digital, a la ASUSS, indicando que se pagó en los términos que establece la norma y explicando los motivos por los cuales no se hizo el envío, con el fin de aminorar o en el mejor de los casos, eliminar la multa.

      De acuerdo al Reglamento de Asignaciones Familiares, existe una multa por no haber enviado hasta el 10 de cada mes, los respaldos del pago del subsidio. El monto de la multa es determinado por la ASUSS.

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  9. Buenas noches, mi consulta es la siguiente; en la empresa donde trabajo me indican que no podré recibir el bono prenatal del 8vo mes por que mi hijo nació antes de lo programado, en fecha 13 asistí a mi control de embarazo y el 14 de enero 2020 presente la boleta de subsidio prenatal #4, y el 24 de enero del 2020 nació mi bebé, ahora este mes de febrero me quieren entregar el 1er subsidio de lactancia y no así el prenatal #4. Como sería en este caso disculpe, como o que debo hacer?

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    • Hola Ana,
      Te tienen que pagar el prenatal, porque presentaste la boleta antes de que tu bebé nazca.

      Y la empresa debería haber procedido de la siguiente manera:

      Generar, en enero, la planilla de subsidio prenatal N° 4, ya que la persona entregó la boleta el 14/01/2020.
      Pagar el subsidio de natalidad, con la presentación de del certificado de nacimiento del bebé.
      Pagar el subsidio de lactancia a partir del primer mes de vida del bebé (o sea a partir de febrero hasta que cumpla 1 año), para lo cual debe estar afiliado como beneficiario, y así poder tener los controles para el recién nacido.
      Te sugerimos solicitar por escrito los motivos por los cuales la empresa no quiere cancelar.

      Responder
    • Hola Ana, te tienen que pagar el prenatal, porque presentaste la boleta antes de que su bebé nazca.

      Y la empresa debería haber procedido de la siguiente manera:

      Generar, en enero, la planilla de subsidio prenatal N° 4, ya que la persona entregó la boleta el 14/01/2020.
      Pagar el subsidio de natalidad, con la presentación de del certificado de nacimiento del bebé.
      Pagar el subsidio de lactancia a partir del primer mes de vida del bebé (o sea a partir de febrero hasta que cumpla 1 año), para lo cual debe estar afiliado como beneficiario, y así poder tener los controles para el recién nacido.

      Responder
  10. Hola podrían ayudarme la empresa donde soy beneficiaria no me quiere dar las,últimas boletas de lactancia mi bebé nacío en el mes de abril y sólo me dieron la boleta hasta el mes de febrero que puedo hacer ?

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    • Hola Jenny, puedes hacer la denuncia ante la ASUSS, en todo caso te sugerimos hablar con tu empresa antes, somos partidarios del diálogo antes de cualquier denuncia, es más saludable para la empresa y tu no pones en riesgo tu fuente de trabajo.

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  11. Buenos días, una consulta, el reglamento de asignaciones familiares dice que el bono de natalidad será equivalente a un sueldo minimo nacional, mi consulta es hubo algún cambio en ello? ya que la información que brindan en esta pagina, que se supone que es información de 2019, dice que el bono de natalidad corresponde a Bs 2.000. Gracias por la aclaración, reciban un afectuoso saludo

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    • En el inciso f) del Artículo 4 del Reglamento de Fiscalización y Control del Régimen de Asignaciones Familiares, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 076/2019 de 29 de marzo de 2019, indica que el monto es de Bs. 2.000.-

      El mismo monto se aplica para los subsidios pre-natal, lactancia y sepelio

      Responder
    • Hola Victor, en el inciso f) del Artículo 4 del Reglamento de Fiscalización y Control del Régimen de Asignaciones Familiares, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 076/2019 de 29 de marzo de 2019, indica que el monto es de Bs. 2.000.-

      El mismo monto se aplica para los subsidios pre-natal, lactancia y sepelio

      Responder
  12. Estimados buenas noches,
    Un gusto saludarles les agradecería que pudieran ayudarme con el siguiente caso :¿En qué caso se puede perder el subsidio único de natalidad?

    Yo soy beneficiaria y hemos recibido los subsidios prenatal y mi bebé nació en la caja de salud asignado por la empresa pero por motivos de salud y distancia nos demoramos en asegurar a nuestro bebé, el bebé nació el 23/04/19 y lo aseguramos el 05/06/19 y la boleta de afiliación dice que tengo derecho al subsidio de lactancia pero omite el el de natalidad y por tanto la empresa nos indica que pedimos el subsidio de natalidad. ¿Es esto correcto?
    En espera de su cordial respuesta

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    • Hola Jessica, l plazo para reclamar subsidio de natalidad, es de un año a partir de la fecha de nacimiento, puedes encontrar el respaldo en el inciso F del árticulo 230 del código de seguridad social.

      Y en el articulo 537 del regamento del código de Seguridad Social

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