RRHH

Sanciones y multas modificadas para las empresas por el ministerio de salud en Bolivia

La sanción por el incumplimiento a no presentar en el plazo la baja del asegurado a la Caja de Salud (Sistema de Seguridad Social a Corto Plazo en Bolivia), fue modificada a favor de las empresas, por el Ministerio de Salud.

Es una excelente noticia, en este post, responderemos a las preguntas más comunes, que se hacen los empleadores y los profesionales en RRHH, responsables de aplicar de forma correcta las normas y leyes sociolaborales, para evitar sanciones de parte de los entes gestores de salud.

  • ¿Cuáles serán la sanciones (multas) por el incumplimiento a la presentación del Aviso de Baja del Asegurado?

  • ¿Cuánto tiempo de plazo se tiene para presentar el Aviso de Baja del Asegurado?

  • ¿Cuáles son los beneficios, de la modificación de las sanciones?

  • ¿A partir de qué fecha se puede aplicar el nuevo porcentaje de liquidación?

Primero haremos un apunte sobre la norma que se está modificando.

El Parágrafo III del Artículo 2 de D.S. 25714 de 23/03/2000, determinaba que:

La empresa debía presentar dentro los 5 días hábiles, el aviso de baja del asegurado, a la Caja de  Salud en la que está afiliada, para no ser sujeta a sanciones.

En caso de incumplimiento en el plazo establecido, el Ente Gestor de salud, sancionaba a la empresa con el 1% del total general de la planilla.

Desde el análisis de Planifica Consultores, las sanciones de esta norma, no tenía coherencia  con  el incumplimiento o retraso, debido a que la multa era generada por no cumplir la norma en relación con  el personal que fue dado de baja, y no de todo el personal.

En fecha 6 de diciembre de 2016, se modifica este articulo mediante el D.S. 3008, que establece el siguiente cambio en las sanciones.

¿Cuál será la sanción (multa) por el incumplimiento a la presentación del Aviso de Baja del Asegurado?

Las sanciones al incumplimiento o al retraso en la presentación del Aviso de Baja de Asegurado a la Caja de de Salud, es el 5% del salario cotizable del trabajador, correspondiente al mes anterior a su desvinculación.

Con esta nueva disposición las sanciones no solamente se aplica de manera correcta, también reduce los costos que  generan altos pasivos laborales de la empresa.

Evaluando la medida adoptada, con el equipo de Planifica Consultores, consideramos que es, muy acertada, ojalá vaya acompañada con la modificación del plazo para la presentación del Aviso de Baja del Asegurado.

¿Cuanto tiempo de plazo se tiene para presentar el Aviso de Baja del Asegurado?

El plazo para presentar el aviso de baja del asegurado a la Caja de Salud  se mantiene dentro de los

5 días hábiles.

Por otro lado, la ministra Campero informó que de forma paralela, en fecha 7 de diciembre del presente año, se ingresó a la Asamblea Legislativa un anteproyecto de Ley que modificará el plazo para la presentación del formulario de aviso de baja del asegurado, con la anterior norma establecía 5 días como plazo a partir de la nueva ley se ampliará a 30 días.
El motivo de la ampliación se debió a que muchos funcionarios públicos trabajan en frontera o zonas dispersas, lo que les imposibilita cumplir con lo establecido para presentar su formulario de baja desde el área rural hasta la ciudad”, finalizó la autoridad.
  Fuente: www.minsalud.gob.bo/

Luego de hacer un análisis de los cambios en la norma, para presentar la baja del asegurado a la Caja de Salud, esperamos que este sea el primer paso para actualizar las normativas vigentes con el propósito de adecuarse al crecimiento de personal en las empresas, medidas que ayudan a seguir los procesos de forma correcta evitando costos por sanciones.

¿Cuales son los beneficios inmediatos?

  1. La nueva sanción para realizar el cálculo entra en vigencia a partir de la fecha en que se promulgó el D.S. 3008.

  2. La reducción en el porcentaje para calcular la sanción, implica un ahorro  razonable de recursos financieros para su empresa.

En Planifica Consultores te recomendamos, estar siempre informado de las normativas en seguridad social a corto y largo plazo, para que los pasivos laborales que se generan por el incumplimiento de estas normas, no hagan tambalear el presupuesto anual de tu empresa o en algunos casos a la empresa misma, por las sanciones elevadas.

Para facilitarte la información e interpretación de las mismas, hemos diseñado  servicios de acuerdo a la medida y características de tu empresa.

Contar con asesores especializados en esta área es una inversión que a cualquier empresario o  su equipo de de RRHH y financiero debe considerar, para minimizar los pasivos laborales generados por las multas y sanciones y también porqué no decirlo les permitirá  dormir tranquilos.

Planifica-Conultores-Bolivia

33 comentarios en «Sanciones y multas modificadas para las empresas por el ministerio de salud en Bolivia»

  1. Hola! Tengo una consulta, la gestión 2016 me desvincule de una institución publica, no obstante desde esa gestión no realizaron la baja de mi persona al seguro social, envíe una nota con el fin de que den de baja, no obtuve respuesta, que podría hacer? y que provocaría a la institución este problema? gracias saludos

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    • Hola Jessica
      Si tienes un nuevo trabajo, tu nuevo empleador debe hacer la gestión para presentar el “Aviso de Afiliación del nuevo trabajador”, es así como se llama de acuerdo con el código de Seguridad Social en Bolivia
      La multa se aplica a la empresa o institución, en la que trabajabas anteriormente por no presentar el Aviso de Baja del Asegurado a la Caja de salud, dentro de los 30 días calendario de la desvinculación de la persona.

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    • Hola Jessica, a tu primera pregunta debes insistir al departamento de RRHH que realicen el trámite de tu baja, porque si vuelves a ser dependiente en otra empresa o institución, no podrán afiliarte hasta que regularicen tu baja.
      En cuanto a la institución puede llegar a tener multas y sanciones del ente gestor de salud al que esta afiliado.

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  2. Una pregunta: Como puedo dar de baja a un trabajador si no tengo el numero del asegurado? o donde puedo conseguir ese numero de forma digital, ya que en la empresa no tenían la documentación del mismo?

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    • Hola Carolina, el formato digital o manual lo determina el Ente Gestor de Salud donde están asegurados como empresa ya que los procesos administrativos, varían de acuerdo a cada Caja de Salud en Bolivia.
      Le recomendamos solicitar los datos en la Caja de Salud en la que están afiliados.

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    • Hola Rene, a la fecha se ha dejado sin efecto el cobro de multas por presentación fuera de plazo de los Avisos de Afiliación del Asegurado, en las cajas de salud en Bolivia.
      La ASUSS sacará un nuevo reglamento con los montos de las nuevas sanciones.

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        • Hola Francisco, si de acuerdo a la R.A. 039 de la ASUSS (Autoridad de la supervisión de la seguridad social a corto plazo en Bolivia), de fecha 29 de junio de 2020, deja sin efecto la R.A. N° 03-058-91 emitida por el ex – Instituto Boliviano de Seguridad Social (IBSS), que era en base a la cual las Cajas de Salud en Bolivia, cobraban las diferentes multas como la presentación fuera de plazo de los Formularios de Avisos de Afiliación de los Asegurados.

          La ASUSS en Bolivia, emitirá un nuevo reglamento de sanciones, que en este momento está en revisión.
          Siempre es un gusto ayudar a nuestros lectores

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    • Hola Marcelo, Las sanciones al incumplimiento o al retraso en la presentación del Aviso de Baja de Asegurado a la Caja de de Salud (Entes Gestores de Salud en Bolivia), es el 5% del salario cotizable del trabajador, correspondiente al mes anterior a su desvinculación.
      En base a esta referencia puedes hacer el cálculo

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  3. Buenas tardes; como puedo saber si como empleador debo pagar la multa de ex funcionarios de la gestión 2017-2018 a la CNS. que estaban con contratos eventuales partida 12100, que no estaban afiliados a la CNS. pero como empresa se pagaba los aportes a la caja, pero no estaban afiliados.
    los anteriores administradores dieron de baja fuera del plazo establecido y se nos genera multas

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    • Hola Hitler, aún cuando no se hubiera afiliado el trabajador, e independientemente del tipo de contrato, se debía haber dado la baja de oficio hasta máximo 30 días calendario, después de la fecha de desvinculación.

      Caso contrario se debe pagar a la Caja de Salud una multa por cada aviso de baja presentado fuera de plazo, equivalente al 5% del total ganado del mes anterior a la baja, más intereses y actualización.

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    • Hola María, como la empresa ya no existe, debes ir a la Caja de Salud en la que estabas inscrita (Ente Gestor de salud en Bolivia) y solicitar la baja de oficio, haciendo mención de que ya no trabajas en esa empresa desde hace más de 5 años.

      Posiblemente le pidan algún respaldo, como una fotocopia de la carta de despido o del finiquito.

      Al ya no existir la empresa, debes firmar el Formulario de Aviso de Baja del Asegurado, que tienes que comprar en la misma Caja de Salud.

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  4. Buenas tardes una consulta, como solucionar si la copia empresa de la baja del trabajador se extravió y la Caja de Salud tampoco cuenta con una copia de dicha baja, por ser esta baja de hace 20 años atrás.

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  5. Buenas tardes, tengo una empresa unipersonal que dejo de trabajar en agosto de 2018 por la crisis económica de ese año, y venimos declarando el NIT si movimiento con la esperanza de reactivar la empresa en cualquier momento lamentablemente vino la pandemia, la planilla era de tres personas incluido yo, a dos trabajadores se les dio de baja quedando solamente yo no se hizo el tramite en la caja por lo que la deuda de aportes más multa es de más 3000bs.
    La consulta es si hay alguna posibilidad de reducir el pago con el antecedente de que se tiene el NIT declarado inactivo y que no se hizo uso del seguro todo este tiempo aunque tengo 66 años.
    Espero una orientación para resolver mi problema.
    Gracias.

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    • Hola Clemente, en base a la información que nos das te recomendamos buscar asesoramiento lo más pronto posible, en Planifica Consultores contamos con un equipo que te puede ayudar.
      Te señalamos dos aspectos puntuales que debes tener como información de primera mano para cualquier asesor al que acudas:

      1) Si en los estados financieros, del 2018 para adelante, figura o no las aportes por pagar.
      2) Si hicieron la baja temporal ante impuestos nacionales.

      Debes tomar en cuenta que el análisis de tu caso se debe hacer con información complementaria a estos puntos señalados

      Si quieres contactarte con un asesor puedes ingresar a este enlace Contacto Planifica

      Así podremos ayudarte de forma personalizada, además que la información sobre la que se hace el análisis es información de tu empresa que no debe ser publicada.

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  6. Buenas tardes, por favor consultarle si está vigente la RA 039/2020 emitida por la ASUSS, en la que deja sin efecto la RA 03-058-91 emitida por el Ex IBSS. Muchas gracias!

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  7. Soy un profesional boliviano colegiado a nivel nacional y con sus respectivas filiales departamentales.
    Nuestra filial ha recibido hace poco una notificación de la CNS respecto a una dependiente que tenía filiación en dicha entidad en las gestiones 2010-2012, el directorio de esa época nunca dio de baja a la aseguradora, ni lo otros directorios posteriores.
    Nos aconsejaron hacer un cambio de Razón Social (incongruente desde nuestro punto de vista).
    En el afán de recabar información la CNS, obtuvo los estados financieros de la institución de los 5 últimos años.
    Mucho agradeceremos sus comentarios y consejos.

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    • Franz, de acuerdo a los datos que nos das deducimos que tienen que regularizar la baja de esta dependiente.
      Si este es el caso, lo que tienen que hacer es presentar el aviso de baja y pagar la multa, que es del 5% sobre el total ganado que percibía la persona, el mes anterior a su retiro.

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    • Hola Franz, Lo que tienes que hacer es presentar el aviso de baja y pagar la multa, que es del 5% sobre el total ganado que percibía la persona, el mes anterior a su retiro.

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    • Hola Mayda, la multa se aplica a la empresa, cuando no presenta el Aviso de Baja del Asegurado a la Caja de salud, dentro de los 30 días calendario de la desvinculación de la persona.

      Si la persona cambia de trabajo, su nuevo empleador debe hacer la gestión para presentar el Aviso de Afiliación del nuevo trabajador.

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    • La multa se aplica a la empresa, cuando no presenta el Aviso de Baja del Asegurado a la Caja de salud, dentro de los 30 días calendario de la desvinculación de la persona.

      Si la persona cambia de trabajo, su nuevo empleador debe hacer la gestión para presentar el Aviso de Afiliación del nuevo trabajador.

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